El Supremo tumba los toques de queda en las CCAA al considerar que las leyes sanitarias no son suficientes

El Supremo tumba los toques de queda en las CCAA al considerar que las leyes sanitarias no son suficientes

El alto tribunal considera que estas  medidas “por su severidad y por afectar a toda la población autonómica, inciden restrictivamente en elementos básicos.

Paseo marítimo en Canarias.EFE

Las leyes sanitarias vigentes no permiten a las comunidades establecer un toque de queda general ni limitar las reuniones sociales para toda su población. Es la conclusión a la que ha llegado el Tribunal Supremo, que ha dejado sin efecto el confinamiento nocturno y el límite máximo de seis personas en reuniones sociales decretado por el Gobierno de Baleares después del levantamiento del estado de alarma, según ha avanzado El País.

El alto tribunal considera que estas medidas “por su severidad y por afectar a toda la población autonómica”, inciden “restrictivamente en elementos básicos de la libertad de circulación y del derecho a la intimidad familiar, así como del derecho de reunión”. De este modo, considera que estas medidas no tienen cabida con las leyes sanitarias vigentes.

Por ello, ha resuelto el recurso de casación planteado por la Fiscalía contra el auto del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) que autorizó, por segunda vez, el toque de queda en la Comunidad y las limitaciones a las reuniones sociales aprobadas por el Govern.

El auto del TSJIB había contado con el voto particular de dos magistradas, que consideraron injustificados el toque de queda y las limitaciones a encuentros sociales en espacios privados.

El Tribunal ya había autorizado el 7 de mayo restricciones similares, pero no pudieron recurrirse ante el Supremo porque todavía no había entrado en vigor el decreto estatal que habilitaba esta posibilidad.