El canon digital no levanta cabeza en España. El nuevo modelo al que el Tribunal Supremo acaba de asestar el golpe de gracia fue bautizado como "canon a la noruega" porque allí lo paga el Estado con cargo a los presupuestos generales.
Llegará un día en el que no estar indexado por Google signifique no existir y en el que las fotos vergonzosas de Facebook nos parezcan aceptables (igual que hace unas décadas el sexo antes del matrimonio era escandaloso y hoy es normal). Pero, pase lo que pase, confío en una reconciliación entre la privacidad y la libertad de expresión, dos pilares en cualquier democracia.
La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el caso Google es un punto de inflexión importante. Algunos ven en ella un triunfo del derecho a la privacidad. Otros consideran que es la mayor amenaza a la libertad de expresión que hayamos presenciado en décadas.
El Tribunal de Justicia, máximo guardián y garante del Derecho europeo, ha afirmado que la privacidad y la confidencialidad de las comunicaciones deben prevalecer sobre cualesquiera prácticas de retención masiva y desproporcionada de datos personales.
El proceso de ejecución tenía serías fisuras que dejaban al deudor en permanente inferioridad de condiciones. Ante la insensibilidad que el Constitucional había demostrado resultaba necesario contrastar si nuestro sistema judicial respondía a principios reconocibles por el legislador europeo.
Se discrimina a una gran parte de la población que no encaja con el modelo de trabajador plenamente disponible, lo que produce un efecto muy negativo sobre las oportunidades de las mujeres, pero además, está perjudicando la incorporación de cambios que modernicen y permitan modalidades flexibles de empleo de calidad.