Expulsan de España a un estudiante por suspender 8 asignaturas

Expulsan de España a un estudiante por suspender 8 asignaturas

La Justicia valenciana consideró que el alumno no cumplió los requisitos exigidos pro ley.

Aula vacía de una universidadGetty Images

La Justicia valenciana ha desestimado el recurso de apelación de un joven extranjero que estudiaba en la Universidad Miguel Hernández de Elche, después de que la Subdelegación del Gobierno de Alicante le negara la prorrogación del permiso de estancia por estudios al haber suspendido 48 de los 60 créditos en los que se matriculó.

La encargada de desestimar el recurso ha sido la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana que, como consecuencia, le ha negado el permiso de estancia tal y como recoge la normativa vigente.

Por ello, la Justicia estima que, en base al ordenamiento jurídico y el artículo 40.1 de la Ley de Extranjería, no se presentaron los requisitos necesarios para concederle la prórroga del permiso de residencia.

El estudiante presentó únicamente la matrícula

El estudiante se matriculó en el grado de Ingeniería Informática de la UMH en el año 2020, y al tratarse de una persona extracomunitaria, tenía que acreditar obligatoriamente que seguía "reuniendo los requisitos previstos, tanto de carácter general como específicos, respecto a la actividad para cuya realización fue autorizado a permanecer en España".

Pero eso no ocurrió, ya que el alumno no pudo dar fe de que había aprobado el mínimo de créditos exigidos por ley para optar a ese permiso. De hecho, tan solo aprobó 12 créditos, suspendiendo así 8 de 10 asignaturas (6 créditos por asignatura).

Ante esta situación, el joven decidió presentar como única prueba para renovar el permiso, la matrícula universitaria, que fue previamente aceptada por la universidad hasta el día 21 de diciembre de 2021, cuando se le notificó de la negativa del Gobierno respecto a sus privilegios.

En ese momento, el universitario se enfrentó a una orden de expulsión inminente del país, que decidió recurrir en el Juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 1 de Alicante, y cuya resolución volvió a negar la razón al joven en el mes de abril de 2022. Según reza la sentencia "no justificó en los términos exigidos legalmente que cumpliera con uno de los requisitos que le permitiera acceder a la renovación del título administrativo".

Para que la apelación del estudiante hubiera prosperado debería haber acreditado "igualmente que ha superado las pruebas o requisitos pertinentes para la continuidad de sus estudios", algo que no ocurrió a ojos de la Justicia, que además aseguró que presentar la matrícula como prueba "no se corresponde con la exigencia normativa de haber superado las pruebas o requisitos".

La defensa apela a que la ley no exige un mínimo de asignaturas aprobadas

Según la defensa del estudiante, "ni el artículo 33.1 de la Ley Orgánica en Derechos y Libertados de los Extranjeros en España y de su integración social, ni el 40.1 del reglamento de extranjería imponen la necesidad de haber aprobado un suficiente número de asignaturas". 

Además, sostiene que "como puede apreciarse, ni la Ley, ni el Reglamento dicen qué número de asignaturas se deben aprobar para considerar cumplido los requisitos para obtener la prórroga".

Infiltrados
Un proyecto de Ikea

Pese a ello, el Tribunal Superior de Justicia dio validez al primer fallo, asegurando que para conceder la prórroga se debe dar un aprovechamiento suficiente del curso académico para, y reitera que la simple matrícula no cumple con este principio obligatorio, por lo que la decisión se mantendrá, aunque por el momento, no es firme.