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FACUA denuncia a los principales parques de atracciones españoles por prohibir la entrada con comida y bebida del exterior: "Es ilegal y abusivo"

FACUA denuncia a los principales parques de atracciones españoles por prohibir la entrada con comida y bebida del exterior: "Es ilegal y abusivo"

La organización critica que esta práctica busca "forzar que se adquiera en los establecimientos o máquinas expendedoras del interior de los recintos, a precios mucho más caros".

PortAventura World
PortAventura WorldGetty Images

La organización FACUA-Consumidores en Acción ha presentado una denuncia ante el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 contra cuatro de los principales parques temáticos de España por impedir la entrada con comida y bebida del exterior. Según la asociación, esta práctica, critican, busca "forzar que se adquiera en los establecimientos o máquinas expendedoras del interior de los recintos, a precios mucho más caros".

FACUA ha solicitado a la Dirección General de Consumo que abra expedientes sancionadores contra Isla Mágica, Parque Warner, PortAventura y Terra Mítica al considerar que esta política vulnera el Real Decreto Legislativo 1/2007, que regula los derechos de los consumidores. 

La asociación argumenta que se trata de una "imposición indirecta de servicios accesorios no solicitados", lo que supone una "limitación de los derechos de los usuarios y un desequilibrio en las relaciones contractuales en detrimento del consumidor".

Razones "exclusivamente económicas"

La organización compara esta situación con la de otros grandes parques europeos como Disneyland París, Europa-Park o Tivoli, donde sí se permite acceder con alimentos y bebidas. "No ocurre en los grandes parques europeos", destaca FACUA, subrayando que esta prohibición "no obedece a la necesidad de preservar la seguridad ni la higiene dentro del parque ni a ninguna otra causa objetiva, sino exclusivamente a motivaciones económicas".

Mientras que algunos parques como Warner y Terra Mítica aluden a razones de "higiene y seguridad" o "salubridad" en sus términos de acceso, otros como Isla Mágica y PortAventura directamente no ofrecen explicación alguna en sus normas de entrada.

FACUA sostiene que esta práctica es "abusiva", como establece el artículo 86.7 de la ley de defensa del consumidor, y que además vulnera los artículos 82.1 y 89.4, al forzar al visitante a pagar por servicios no deseados. "Comer y beber dentro del parque sí está permitido, prohibiéndose únicamente si los alimentos no son adquiridos dentro del parque", recuerda la organización.

Como antecedente, FACUA cita un informe de 2016 de la entonces Agencia Española de Consumo (Aecosan), que ya consideró esta práctica ilegal en el caso de los cines, y una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha que declaró que este tipo de restricciones "impone indirectamente servicios complementarios no solicitados", vulnerando principios de libre competencia y buena fe.

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