Cómo hacer la declaración de la renta si estás jubilado: estos son los pensionistas obligados a presentarla en 2026
La campaña de la renta también es importante para los pensionistas. Algunos están obligados a presentarla y pueden ahorrar dinero con las deducciones.

El 8 de abril arranca la declaración de la renta. Tienes hasta el 30 de junio para completar el trámite y ajustar cuentas con Hacienda.
Millones de contribuyentes esperan ya a tener disponible el borrador. Mientras tanto, es posible comprobar si la declaración te saldrá a pagar o a devolver gracias al simulador de Hacienda.
A estas alturas suelen aparecer multitud de dudas. Por ejemplo: ¿los pensionistas están obligados a presentar la renta?
Si te acabas de jubilar, quizás piensas que estás exento de presentar la declaración de la renta. En algunos casos puede ser así, pero lo cierto es que dependiendo de tus ingresos estarías obligado a hacer la gestión.
Estos pensionistas están obligados a presentar la renta
No existe diferencia entre pensionistas y trabajadores a la hora de presentar la declaración de IRPF. Estos son los que están obligados:
- Con un solo pagador: tienes que presentarla si partes de unos ingresos de 22.000 euros anuales.
- Con dos o más pagadores: tienes que presentarla si tus ingresos son superiores a 15.876 euros anuales, siempre y cuando el segundo y los demás pagadores estén por encima de los 1.500 euros.
El último caso puede suceder, por ejemplo, si tienes pensión pública y privada, también si recibes alguna prestación además de la pensión.
Ojo, hay algunas pensiones exentas de presentar la renta: las de incapacidad permanente y gran invalidez, las de orfandad y las de víctimas de terrorismo y la Guerra Civil.
Deducciones a las que puedes tener derecho como jubilado
Aunque no estés obligado a presentar la renta, es posible que te convenga hacerlo para aplicar deducciones y ahorrar dinero.
La primera ventaja que debes tener en cuenta es el mínimo personal y familiar en el IRPF. En el caso de las personas de entre 65 y 74 años es de 6.700 euros, a partir de los 75 años aumenta a los 8.100 euros.
Y luego, además, hay algunas deducciones que has de revisar:
- Venta de vivienda habitual: si tienes más de 65 años y vendes tu casa, lo que ganes está exento de impuestos.
- Gastos médicos: en comunidades autónomas como Cantabria, Canarias o la Comunidad Valenciana puedes deducir gastos en el dentista o el oculista, además de los gastos en ayuda doméstica o cuidado a personas mayores.
- Gastos de la hipoteca: si aún estás pagando hipoteca, puedes deducirte los gastos si compraste la casa antes del 1 de enero de 2013. El máximo ahorro es de 1.356 euros al año.
Repasa todas estas opciones, ya que pueden ser la diferencia de que la renta te salga a pagar o a devolver.
Cómo presentar la renta si estás jubilado
Tienes las mismas opciones que cualquier otro contribuyente:
- Modalidad online: desde el 8 de abril y hasta el 30 de junio. Basta con entrar en la web de la Agencia Tributaria e identificarte con Cl@ve, certificado digital, número de referencia o DNI electrónico.
- Modalidad telefónica: disponible desde el 6 de mayo, aunque tienes que pedir cita a partir del 29 de abril.
- Modalidad presencial: arranca el 1 de junio y puedes pedir cita desde el 29 de mayo; te atenderá un técnico de Hacienda en persona.
Escoge la que mejor te encaje según tus circunstancias, todas son igualmente válidas.
