Irene Gil, experta fiscal: "En la declaración de la renta hay que tributar por los ingresos obtenidos al alquilar una vivienda, pero existen unos gastos que nos podemos deducir y pagar menos impuestos"
Una lista de incentivos que pueden reducir de forma notable la factura fiscal.

Con la campaña de la declaración de la renta ya en marcha, miles de propietarios vuelven a revisar cuentas para intentar que el resultado fiscal sea lo más llevadero posible. Lo que muchos todavía desconocen es que alquilar una vivienda no solo obliga a declarar los ingresos obtenidos, sino que también permite desgravar una larga lista de gastos que pueden reducir considerablemente la factura con Hacienda.
Esa es la idea que lanza Irene Gil Alarcón, abogada especializada en fiscalidad inmobiliaria, al recordar que los ingresos por arrendamiento deben tributar en el IRPF, pero que la normativa permite restar una serie de gastos antes de calcular el rendimiento neto. De hecho, la Agencia Tributaria explica que el rendimiento del alquiler se obtiene restando a los ingresos íntegros los gastos deducibles y, en su caso, aplicando las reducciones que correspondan.
Entre los gastos más conocidos se encuentran los intereses de la hipoteca vinculada a la compra del inmueble o el IBI. Sin embargo, existen otros menos populares que también son deducibles siempre que estén correctamente justificados mediante facturas o comprobantes de pago. “En la declaración de la renta hay que tributar por los ingresos que se obtienen al alquilar una vivienda, pero existen unos gastos que nos podemos deducir y así pagar menos impuesto”, explica Irene en un video de TikTok.
¿Qué podemos deducir?
La clave, subraya Hacienda, está en que esos desembolsos estén vinculados al tiempo en el que la vivienda ha estado alquilada y en que puedan justificarse correctamente. “Nos podemos deducir intereses de la hipoteca para comprar la casa, el IBI, la tasa de basuras, los gastos de reparación y conservación de la vivienda, como una factura por arreglar una cañería o la caldera”, señala la experta.
A estos conceptos se suman otros gastos que muchos propietarios suelen pasar por alto. Las cuotas de la comunidad de vecinos también pueden incluirse, al igual que los pagos a terceros que trabajan en el edificio, como porteros, personal de limpieza o mantenimiento. Del mismo modo, los costes derivados de la gestión legal del alquiler forman parte de los gastos deducibles, desde la redacción del contrato hasta los honorarios de un abogado o asesor contratado para tramitar cualquier cuestión relacionada con el arrendamiento.
La lista de deducciones también alcanza a los propietarios que gestionan sus alquileres a través de plataformas digitales, ya que las comisiones cobradas por servicios como Airbnb o Booking pueden descontarse en la declaración. Lo mismo ocurre con los seguros vinculados a la vivienda, ya sean pólizas frente a incendios, robos o incluso impagos del alquiler. A ello se añade la posibilidad de aplicar la amortización tanto del inmueble como del mobiliario incluido en el arrendamiento.
Además, cuando la vivienda se alquila como residencia habitual del inquilino, el propietario puede beneficiarse de una reducción del 50% sobre el rendimiento neto obtenido, es decir, sobre la cantidad final que queda después de restar todos los gastos deducibles a los ingresos del alquiler. Un incentivo que puede reducir de forma notable la factura fiscal final y que recuerda que revisar bien los gastos puede marcar la diferencia en la declaración.
