La Seguridad Social denegó la pensión a una barrendera que no puede estar de pie por una hipocalcemia: la justicia le da la razón y cobrará el 55% de su base de 1.110 euros
En la sentencia se concluye que “la demandante no tiene capacidad de realizar, con la debida efectividad y dedicación, las fundamentales tareas de su profesión habitual”, por lo que procede mantener el reconocimiento de la incapacidad permanente total.