Confirmado por el BOE: multas de hasta 120.000 euros a los propietarios que alquilen su VPO a turistas en Andalucía
La norma fue aprobada por el parlamento andaluz sólo con el voto del PP.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este jueves la Ley de Vivienda que el parlamento andaluz aprobó a finales del año pasado y que entregará en vigor el próximo 24 de enero. La norma, que sólo recibió los votos favorables del PP, busca teóricamente incrementar la oferta de VPO y la rehabilitación, facilitar la disponibilidad de suelo, reducir la burocracia asociada a los proyectos residenciales y reforzar la seguridad jurídica de los propietarios para hacer frente a fenómenos como la ocupación.
Uno de los aspectos más destacados de la nueva ley es la sanción que se contempla en el caso de que un propietario alquile para turistas una vivienda de protección oficial. En el artículo 117, concretamente, se establece que "se considerará que reviste especial gravedad dentro de su clasificación, a efectos de imponer la sanción en su grado medio o superior, cuando se alquile la vivienda protegida o perteneciente al parque público de vivienda de Andalucía para un uso turístico". En este caso, al poder ser considerada una infracción muy grave, la multa puede ser de hasta 120.000 euros.
Igualmente, en el artículo 72, se establecen los derechos y obligaciones de las personas titulares adjudicatarias de derechos de propiedad, arrendamiento o cesión de uso de la vivienda protegida. Entre ellos:
- Obligación de comunicar a la Administración la adquisición de cualquier otra vivienda protegida, quedando prohibido ser titular del derecho de propiedad de más de una vivienda protegida, sujetándose a la obligación de transmitir una de ellas en los plazos que se establezcan reglamentariamente.
- En las operaciones de venta de la vivienda protegida en régimen de propiedad, cumplir las obligaciones de información, autorización administrativa y limitaciones a la transmisión establecidas en la presente ley.
- En los supuestos de arrendamiento o cesión de uso de viviendas protegidas de promociones en régimen de venta, cumplir con la obligación de presentar declaración responsable ante la Delegación Territorial competente en materia de vivienda, en los términos establecidos en la presente ley.
- Prohibición de destinar una vivienda protegida para uso turístico, ya sea de forma completa o por habitaciones.
- En el caso de ser adjudicatario del derecho de arrendamiento o cesión de uso de una vivienda protegida, será obligatorio aportar cada dos años, durante la vigencia del contrato, la declaración responsable del cumplimiento de los requisitos para ser adjudicatario, siendo causa de resolución de contrato no aportar la referida declaración en el plazo establecido.
- Tendrán igualmente la obligación de desalojar la vivienda arrendada una vez finalizado el período del plazo de duración del arrendamiento, incluidas todas sus prórrogas, con el cumplimiento del correspondiente procedimiento de devolución que garantice la entrega efectiva de la posesión y el buen estado de conservación de la misma.
En materia de vivienda protegida, la nueva norma ampara el denominado 'Plan Vive en Andalucía 2020-20300', marcándose el objetivo de promover 20.000 viviendas protegidas en alquiler a precio asequible en un lustro.
Objetivo: acabar con los pisos turísticos ilegales

Esta ley está orientada a intentar terminar con el alquiler vacacional, de la misma manera que el Consejo de Gobierno andaluz aprobó en diciembre el proyecto de Ley de Turismo Sostenible que endurece las sanciones a los pisos turísticos ilegales.
La cuantía máxima de las “sanciones leves” previstas en este proyecto de ley, que se aprobaría a lo largo del primer semestre de 2026, crece de 2.000 a 10.000 euros, mientras que la de las “graves”, que hasta ahora “iban de los 2.000 a los 18.000 euros, ahora” quedan “entre 10.000 y 100.000 euros”. Por último, las infracciones “muy graves”, que “antes se calibraban entre 18.000 y 150.000 euros, ahora pasarán a ser de entre 100.000 y 600.000 euros".
