Por qué España no podrá juzgar a los asesinos de la cooperante Emma Igual

Por qué España no podrá juzgar a los asesinos de la cooperante Emma Igual

Una reforma de la justicia universal bajo el gobierno de Rajoy impide perseguir crímenes de guerra si el responsable no es español o reside en España

Emma Igual.YOUTUBE

Emma Igual ya es la primera víctima española en Ucrania desde que comenzó la invasión rusa. La cooperante de 32 años viajaba este sábado en dirección a la localidad de Ivanivske con otros tres miembros de la organización Road to Relief que ella misma había fundado en 2022. El objetivo del equipo era evaluar las necesidades de la población civil en las aldeas de primera línea para obtener información clara sobre la situación. Durante el trayecto, según la ONG, su vehículo fue "atacado por los rusos" con un proyectil y "tras un impacto directo (...) volcó y se incendió". Emma moría en el acto junto al canadiense Anthony "Tonko" Ihnat, mientras los otros dos ocupantes resultaron gravemente heridos. 

Igual se presentaba en Linkedin como una trabajadora humanitaria con varios años de experiencia trabajando en campos de refugiados y asentamientos, especializada en Protección Infantil en Emergencias (CPiE) y ayuda a Refugiados/PDI. Había colaborado con varias ONG en Grecia, Myanmar, Kenia y Marruecos, entre otros lugares.

Antes de eso, trabajó como investigadora asociada en varias universidades y agencias de las Naciones Unidas durante más de cinco años, donde escribió, tradujo y editó varios artículos académicos, muchos de los cuales fueron publicados en periódicos y revistas académicas especializadas.

  Emma Igual, en un vídeo de presentaciónYouTube

La Fiscalía General de Ucrania valoró los hechos como un ataque de las fuerzas rusas. El propio presidente del país, Volodímir Zelenski, explicó que fue un misil antitanque lo que alcanzó el vehículo de estos trabajadores humanitarios. “Hoy cerca de la ciudad de Chasiv Yar, en la región de Donetsk, los terroristas rusos han atacado un coche de voluntarios. Impacto directo de un sistema de misiles antitanque”, dijo Zelenski en su discurso diario a la nación.

Pese a tratarse con toda probabilidad de un crimen de guerra, la Justicia española no podrá juzgar el ataque que acabó con la vida de Emma después de que en 2014 se acometiera una reforma de la justicia universal para limitar las investigaciones por hechos sucedidos en el extranjero siempre que el responsable sea español o se encuentre en España. 

Según recuerda Amnistía Internacional, la justicia española fue durante años una referencia en la lucha contra la impunidad de los crímenes más atroces al investigar graves violaciones de derechos humanos cometidas en lugares como Chile, Argentina, Guatemala, China, Ruanda o el Sáhara Occidental. Pero la reforma exprés del articulo 23.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LO 1/2014) marcó un gran retroceso en la lucha contra la impunidad de los crímenes de derecho internacional.

En el artículo 23 de dicha ley se detalla ahora que la jurisdicción española sólo será competente para investigar delitos cometidos en el extranjero "en caso de conflicto armado" si el procedimiento es "contra un español o un ciudadano que resida habitualmente en España, o contra un extranjero que se encontrara en España y cuya extradición hubiera sido denegada". 

El fin de la justicia universal; es decir, de la capacidad de los jueces españoles para investigar crímenes contra la humanidad cometidos fuera del territorio nacional, se llevó a cabo por el gobierno de Rajoy en un tiempo récord para evitar conflictos diplomáticos con China (por el genocidio del Tíbet o las torturas perpetradas contra el movimiento religioso Falun Gong), Marruecos (el genocidio del pueblo saharahui) o Estados Unidos (torturas en Guantánamo). 

Antes de ser reformado por primera vez, el Artículo 23 establecía que los jueces españoles eran competentes “para conocer los hechos cometidos por españoles o extranjeros fuera del territorio nacional” que estuviesen tipificados como delitos de derecho internacional (genocidio, terrorismo, piratería, etc.) según la ley penal española. 

En 2009, el gobierno de Zapatero acotó este principio al dejar establecido que la Audiencia Nacional solo podía investigar delitos contra la humanidad cometidos en el exterior si los acusados se encuentran en España, alguna de las víctimas tiene nacionalidad española, o “existe algún vínculo de conexión relevante en España”.

Con la segunda reforma impulsada por el PP, casos como el asesinato del cámara español José Couso tras el bombardeo de las tropas estadounidenses sobre el hotel de Bagdad donde se alojaba la prensa quedaron impunes dado que la reforma se aplicó con carácter retroactivo a los casos que se encontraban en tramitación en los tribunales nacionales en la fecha que entró en vigor. 

Bajo esta misma norma, el crimen de Emma Igual tampoco podrá ser juzgado por los tribunales españoles. En la anterior legislatura, PSOE y Podemos se comprometieron a revertir la reforma del PP. Sin embargo, no cumplieron con su promesa. 

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Licenciado en periodismo por la Universidad Carlos III. Actualmente, es redactor de política en El Huffington Post, tras nueve años como coordinador en ABC, cuatro como director digital en el grupo COPE y seis meses en Mediaset. Puedes contactar con él en javier.escartin@huffpost.es