Una sentencia llamada a sentar precedente: matar al perro de tu pareja es violencia vicaria
La decisión de una jueza en Las Palmas de Gran Canaria abre un nuevo horizonte legal en un caso repetido en no pocas ocasiones.

La violencia vicaria y el mundo del derecho asociado a la violencia machista han vivido este martes un momento que puede cambiar el horizonte de muchas personas. El Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 2 de Las Palmas de Gran Canaria ha condenado a 12 meses y un día de cárcel a un hombre por despeñar al perro de su pareja.
Más allá de los hechos, de la sentencia destaca un elemento, que el delito se interpreta como violencia machista vicaria, por estar orientado a hacer sufrir a la mujer matando al animal.
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha detallado que la magistrada analizó el caso con "perspectiva de género", por lo que pudo hacerse cargo de la instrucción y enjuiciamiento de un caso que en principio escaparía a las competencias de su juzgado, por ser un delito de maltrato animal.
Aplicarla supone, en sus palabras, "entender que estamos ante un caso de violencia vicaria sobre animal de compañía, cuyo fin era perpetuar la dominación y el control sobre la mujer, reforzando la necesidad de una respuesta punitiva agravada y de medidas de protección eficaces".
Bajo dicha perspectiva de género, para la jueza no era un mero delito de maltrato animal, sino un caso de violencia vicaria del hombre hacia la mujer porque se conecta con un delito de maltrato psicológico que sí recoge el Código Penal, explica la nota del TSJC.
La juez prosigue aclarando que el denunciado buscaba "una finalidad concreta: matar al animal para quebrar psíquicamente a la mujer".
Los hechos tuvieron lugar el 13 de septiembre en Las Palmas de Gran Canaria. Como recoge la sentencia, el acusado llamó por teléfono a la que entonces era su pareja sentimental y le dijo 'voy a matar al perro y después me mato'. Finalmente cumplió su amenaza en lo referente al animal, de algo menos de cuatro meses y propiedad de ambos.
A raíz de lo ocurrido, expone la jueza, la mujer presentó un cuadro de afectación psicológica que precisó de una primera asistencia facultativa, con un tiempo de curación estimado en 90 días.
El fallo ya es firme, puesto que el acusado admitió como cierto el relato del fiscal y aceptó la pena impuesta, en un juicio rápido celebrado el lunes, 22 de septiembre.
