Un pato golpea a una mujer en plena atracción y pide al parque temático una indemnización de 43.000 euros
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Un pato golpea a una mujer en plena atracción y pide al parque temático una indemnización de 43.000 euros

Asegura haber sufrido grandes daños físicos y emocionales.

Un grupo de personas disfrutando de la montaña rusa Mako, en Orlando, Florida, durante la época del COVID-19, motivo por el que llevan mascarilla.Joe Burbank

Una insólita demanda ha puesto en el punto de mira a uno de los parques de atracciones más conocidos de Orlando, Florida. Una residente del condado de Orange asegura haber sufrido graves lesiones después de ser impactada por un pato mientras disfrutaba de la montaña rusa Mako, una de las más veloces del país. 

Según los documentos judiciales presentados el pasado lunes, recogidos por Heraldo de México, el incidente ocurrió el 24 de marzo y dejó a la mujer inconsciente, además de provocarle importantes daños físicos y emocionales.

La demandante reclama al menos 50.000 dólares (43.500 euros) en concepto de daños y perjuicios, alegando que el parque fue negligente al no mantener sus instalaciones en condiciones razonablemente seguras ni advertir sobre riesgos previsibles. En su denuncia, sostiene que el diseño y ubicación de la atracción crean "una zona de peligro para los impactos de aves", algo que el parque "conocía o debería haber conocido".

"El parque de diversiones fue negligente al no prever los riesgos derivados de operar una atracción de alta velocidad en un entorno donde las aves vuelan libremente", sostienen los letrados en la denuncia.

Entre los argumentos de la demanda se destaca que la alta velocidad del recorrido, que supera los 115 km/h, convierte cualquier colisión con un ave en un evento potencialmente peligroso. La atracción, ubicada muy cerca de lagos y estanques, se encuentra dentro del hábitat natural de patos, gaviotas y gansos, lo que incrementa el riesgo de incidentes de este tipo.

Según los abogados de la víctima, el trazado de la montaña rusa y su proximidad a cuerpos de agua "desorientan" a las aves, aumentando la probabilidad de colisiones. El impacto con el pato, aseguran, provocó que la mujer perdiera el conocimiento y sufriera lesiones permanentes, además de dolor físico y mental, pérdida de la capacidad para disfrutar de una vida normal y agravamiento de condiciones preexistentes.

¿Es responsable el parque de atracciones?

El caso ha reavivado el debate sobre la responsabilidad legal de los parques de atracciones ante incidentes inesperados. ¿Puede considerarse responsable un parque cuando el accidente se produce por un hecho tan fortuito como el choque de un animal?

En España, por ejemplo, la jurisprudencia establece que no todos los accidentes ocurridos en parques de atracciones son imputables a los operadores. Muchas veces, los incidentes se deben a la conducta de los propios visitantes o a circunstancias imprevisibles. Sin embargo, los parques sí tienen la obligación de garantizar que sus instalaciones sean seguras y estén debidamente mantenidas.

El Texto Refundido de la Ley General de Consumidores y Usuarios recoge que los bienes o servicios deben ser seguros y no presentar riesgos para la salud, salvo aquellos mínimos "compatibles con el uso del bien o servicio y considerados admisibles dentro de un nivel elevado de protección".

En este contexto, los prestadores de servicios, como los parques de atracciones, son responsables de los daños causados a los usuarios salvo que prueben haber cumplido todas las exigencias y cuidados que exige la naturaleza del servicio. Es decir, la carga de la prueba recae sobre la empresa, que debe demostrar que actuó con la diligencia debida.

Cuando sí hay negligencia

En los casos en los que se acredita un mal funcionamiento, una falta de mantenimiento o la ausencia de medidas de seguridad, los parques pueden ser condenados a indemnizar a las víctimas. La carga de la prueba recae sobre la empresa, que debe acreditar que el accidente no se produjo por su negligencia. Al consumidor, por su parte, le corresponde probar que existe un vínculo entre el uso de la atracción y el daño sufrido.

La responsabilidad del parque se analiza caso por caso, teniendo en cuenta si el visitante utilizó la atracción de forma correcta y si esta contaba con las medidas de seguridad adecuadas. No todos los accidentes generan derecho a indemnización: por ejemplo, si el usuario no siguió las instrucciones del personal o incumplió las normas de seguridad, el parque puede quedar exento de responsabilidad.

Sin embargo, sí se considera negligencia cuando los empleados no controlan adecuadamente el acceso (altura o peso), cuando la atracción presenta defectos, falta de mantenimiento o anomalías, o si se demuestra que hubo otros fallos o incidentes previos. También se puede reclamar por intoxicaciones alimentarias en el recinto si se acredita su origen en la restauración del parque. 

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