Una joven se pide baja, la pillan haciendo ejercicio, debe devolver 3.100 euros y justifica que le habían recomendado actividad física
El tribunal rechazó el argumento alegando que dicha actividad debe estar expresa y previamente autorizada.

Cuando un trabajador se encuentra de baja, por lo general, suele permitirse el deporte siempre y cuando sea compatible con el motivo de la baja y no afecte a la recuperación. Sin embargo, para que sea legal deberá consultarse antes con el médico, así como comunicarlo de forma previa.
La protagonista de nuestra historia, una mujer francesa, no avisó de ello durante una baja y ahora se enfrenta a una sanción de 3.100 euros en concepto de subsidio diario al Fondo Primario de Seguro de Salud (CPAM). Según afirmó Ouest France, la mujer tuvo dos justificantes médicos de baja laboral en 2018, uno de cuatro meses y otro de tres.
Durante dicho periodo, la mujer practicó deporte sin autorización, lo que le llevó a enfrentarse a una sanción a manos de la CPAM (Comisión Francesa de Asistencia Social). Sin embargo, la mujer impugnó las alegaciones asegurando que dicha actividad física era recomendada para su tratamiento. En 2022, el tribunal le dio la razón, mientras que en 2024 el Tribunal de Casación discrepó.
Y es que, según defendieron, la ley francesa estipula que no se puede hacer ningún tipo de actividad, exceptuando aquellas que hayan recibido la autorización expresa con antelación por un médico. Por lo tanto, si estás de baja y pretendes realizar algún tipo de actividad laboral o de ocio, es mejor que no lo hagas a menos que cuentes con autorización expresa para ello.
