Prohíbe consumir algo ajeno "a la churrería o fortrán": merece un Sol Repsol cuando explica lo que quiere decir el cartel
Una fantasía que ha tenido lugar en Benidorm.

Los carteles en los bares y restaurantes son uno de los elementos más pertubadores en la hostelería: muchas veces para bien y otras para mal. En las últimas horas ha arrasado en TikTok un cartel que la influencer @_irenedelrio_ ha visto colocado en una churrería de Benidorm.
En dicho cartel se puede leer en mayúsculas: "Está totalmente prohibido consumir ningún tipo de comida ajena a la churrería o fortrán". Haciendo un poco de investigación parece que lo que quiere decir es que no aceptan comida de otra foodtruck, como suele ser lógico.
Esta creadora de contenido no ha podido con la duda y ha preguntado al hostelero directamente: "Tengo una duda que ayer me estuve tomando aquí unos churros y me abruma la duda, ¿qué es fortrán?".
Y lo maravilloso es que en realidad quiere decir "foodtruck" y así lo ha explicado: "Es un vehículo preparado de comida. Foodtruck, de comida, 'tran' de transporte. Comida transportada".
En los comentarios hay dudas: "¿Fue error de imprenta o de los del foodtruck?". Y la autora del vídeo responde: "Debería volver y preguntar…el casi que pronuncia medio bien pero luego me da la explicación de 'Trans', que es de transporte! es buenísimo el amigo churrero".
Sólo en efectivo
Otra de las cosas que ha llamado la atención es que hay otro cartel donde dice que sólo se puede pagar en efectivo, algo que siempre crea recelo entre los consumidores que, en ocasiones, ven algo raro detrás.
¿Qué dice la ley? Según informa la web especializada www.cashprotectworld.com, "el Real Decreto-Ley 19/2018 establece normativas claras respecto a transacciones en efectivo y determina que si el importe de la operación es menor a 30 euros, el comercio sí puede optar por exigir el pago en efectivo".
Por lo que un bar o restaurante "está en su derecho a negarse a aceptar pago con tarjeta para cuentas de bajo importe". Eso sí, "en casos donde la cantidad supere los 30 euros, y el establecimiento disponga de opciones de pago electrónicas, están obligados a aceptar las preferencias del consumidor".
Como siempre en este tipo de situaciones, el local está obligado a informar de manera clara a los clientes mediante la colocación de carteles o letreros bien visibles en el local, indicando sus políticas de pago.
"Estos carteles deberán estar ubicados en lugares estratégicos fáciles de ver para los clientes, como cerca de la caja registradora o en la entrada del establecimiento", reza la citada web.
