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Juanma, abogado: "Si quieres cobrar el paro faltando a la empresa tres días, tienes un problema"

Juanma, abogado: "Si quieres cobrar el paro faltando a la empresa tres días, tienes un problema"

El abogado laboralista advierte en TikTok de las consecuencias legales de provocar una salida irregular de la empresa y cómo puede afectar al acceso a futuras ayudas.

Oficina del SEPE en Madrid
Oficina del SEPE en MadridJesus Hellin

Quien más y quien menos ha escuchado en alguna que otra sobremesa la misma fantasía. Una idea que circula con sorprendente rapidez de boca a oreja, a través de WhatsApp o en cualquier charla de ascensor como podría hacerlo si alguien descubriese el ingrediente secreto de la Coca Cola. Un plan que promete el oro y el moro, pero después se queda en agua de borrajas. Una teoría que el abogado laboralista Juanma Lorente ha escuchado en más de una ocasión y que, digamos, le ha obligado a publicar un vídeo en TikTok para que nadie más se le pase por la cabeza comentarlo de nuevo.  

Todo parte de una falsa premisa que la gente cree que es verdad: si no vas al trabajo tres días seguidos, te despiden y cobras el paro. Una sentencia para la que Juanma tiene una respuesta clara, corta y concisa: "Si quieres cobrar el paro faltando a la empresa tres días, tienes un problema”, resume el abogado laboralista. A partir de ahí, el abogado se dedica a explicar qué ocurre realmente si alguien deja de acudir a su trabajo sin causa justificada.

Lo que sucede, no tiene nada que ver con lo que promete el supuesto truco para cobrar la prestación por desempleo sin ningún esfuerzo. Más bien ocurre lo contrario. Lo que se inicia es un camino lleno de curvas cerradas que puede acabar perjudicando al trabajador. Y mucho, porque puede quedarse sin paro, sin indemnización y con un problema gordo.

En el vídeo, Juanma Lorente detalla que en estos casos solo hay dos posibles salidas y en ninguna de ellas sale beneficiado el empleado. La primera, es la que se conoce como una baja voluntaria tácita. Un recurso al que puede recurrir la empresa y que sabrás que se ha puesto marcha porque te enviarán un burofax pidiendo la reincorporación inmediata. Si el trabajador no responde, la compañía interpretará que ha decidido abandonar el trabajo y, aunque no haya firmado nada, tiene los mismos efectos que una dimisión: no hay paro y tampoco una compensación económica.

El segundo escenario es el despido disciplinario por ausencias injustificadas. Y, aunque se puede recurrir en los tribunales, eso no convierte al trabajador en beneficiario automático de la prestación. De hecho, el SEPE no reconoce el derecho al paro mientras no haya una causa real que justifique la falta: una baja médica, una situación de fuerza mayor, vamos, algo demostrable. Además, si se intenta forzar la situación con excusas inventadas, todo puede ir a peor, con la devolución de las prestaciones recibidas o problemas más serios.

Entonces, Lorente recuerda que la legislación española es bastante clara: solo acceden al paro quienes pierden su empleo por causas ajenas a su voluntad: los despidos objetivos, despidos colectivos o la finalización de contrato temporal. No presentarse tres días en el trabajo no entra en esa categoría, por mucho que alguien lo repita como un consejo útil.

Más allá de quedarse sin paro, las consecuencias pueden ser aún peores. El trabajador se expone a sanciones económicas, la devolución de prestaciones y el bloqueo de acceso a futuras ayudas. Además, un despido disciplinario registrado en la Seguridad Social puede complicar la búsqueda de empleo posterior, ya que queda constancia de la extinción por incumplimiento grave.