La Audiencia Nacional anula la multa de 10,4 millones a Deloitte por la auditoría a Bankia
La sentencia ha estimado el recurso al considerar que no cabe sanción alguna contra los auditores después de que el Tribunal Supremo absolviese a todos los acusados.

La Audiencia Nacional ha rechazado la multa de 10,4 millones de euros que el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) había impuesto en 2014 a Deloitte y al socio auditor Francisco Celma por la auditoría que llevó a cabo a Bankia en 2011 para su salida a bolsa.
De este modo, la sentencia de la sala de lo contencioso de la Audiencia Nacional, ha avalado el recurso presentado por Deloitte y Celma contra la sanción del ICAC. Según los magistrados, al estar absueltos todos los acusados del caso, no tiene sentido mantener una sanción contra los auditores.
Todo comenzó en 2016, momento en el que Deloitte fue sancionada por el ICAC por incumplir las normas de auditoría en los estados financieros de Bankia entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2011, y sobre las cuentas semestrales consolidadas resumidas a 30 de junio de 2011.
Por ello, a la empresa y su socio auditor se le impuso tres sanciones de multa, que fueron recurridas por Deloitte y cuya aplicación fue suspendida de forma cautelar. Sin embargo, tras la absolución de los responsables, en septiembre de 2020, Deloitte volvió a recurrir.
Ahora, el Supremo cree que la actuación de la empresa "no sobrepasó los límites establecidos en la legislación en vigor". De hecho, según los trabajos de auditoría y no auditoría solicitados por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y el Banco de España, "no comportaron servicios prohibidos, dado lo limitados de su finalidad y contenido, pese a la interpretación que se otorgó a los mismos desde el ICAC".
"Mal puede afirmarse que no se observaron los principios y normas contables o que las cuentas de la entidad y su grupo no ofrecieran la imagen fiel de la misma en el momento en el que se habían formulado", recogen los magistrados, que consideran que no hubo irregularidades en el proceso de auditoría.
Junto con la anulación de las tres sanciones, el tribunal también ha rechazado el pago de las costas causadas a ninguna de las partes, debido a la complejidad de los procesos, así como el procedimiento judicial previo que tuvo ligar en la jurisdicción penal.