¿Cuánto tengo que trabajar para tener paro? ¿Cuánto puedo cobrar? Las dudas sobre la prestación por desempleo

¿Cuánto tengo que trabajar para tener paro? ¿Cuánto puedo cobrar? Las dudas sobre la prestación por desempleo

El SEPE aclara alguna de las cuestiones más buscadas por los demandantes de empleo... y no pocos trabajadores preocupado.

Personas haciendo cola en una oficina de empleo en EspañaEuropa Press News via Getty Images

Es una de las grandes preguntas que se hace todo trabajador en cuanto vienen ‘curvas’ en su empresa. ¿Cuántos meses de paro me corresponden si llevo tanto tiempo contratado?

El Servicio Público de Empleo lo sabe y por ello dispone de una guía que aclara las cuentas de los más interesados. Así, el SEPE cifra en un año el periodo mínimo que hay que haber cotizado en los últimos seis años para tener derecho a prestación por desempleo (cuatro meses), mientras que el máximo se alcanza a los casi seis años de trabajo ininterrumpido (dos años de pago mensual por desempleo)

Pero como es mejor verlo en cifras, esta es la muestra:

De 360 a 539 días trabajados, corresponden 120 de desempleo.

De 540 a 719 días trabajados, corresponden 180 de desempleo.

De 720 a 899 días trabajados, corresponden 240 de desempleo.

De 900 a 1079 días trabajados, corresponden 300 de desempleo.

De 1080 a 1259 días trabajados, corresponden 360 de desempleo.

De 1260 a 1439 días trabajados, corresponden 420 de desempleo.

De 1440 a 1619 días trabajados, corresponden 480 de desempleo.

De 1620 a 1799 días trabajados, corresponden 540 de desempleo.

De 1800 a 1979 días trabajados, corresponden 600 de desempleo.

De 1980 a 2159 días trabajados, corresponden 660 de desempleo.

Desde 2160 días trabajados, corresponden 720 de desempleo.

Pero ¿y qué pasa con la cuantía? Esta depende de lo que se haya cotizado en los últimos seis meses de alta en la Seguridad Social. Con ellas, se hace una media conocida como base reguladora que marca el importe del paro a cobrar.

Durante los primeros seis meses de desempleo (180 días), el parado recibirá el 70% de la base reguladora. Y a partir del 181 el porcentaje bajará al 60% (no al 50% como antes, tras la última modificación en los Presupuestos).

Con respecto al mínimo y al máximo, también varían con respecto a anteriores ejercicios, moviéndose en una horquilla de entre 560 euros y 1.575.