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Condenan a la Sanidad valenciana con una indemnización de casi 50.000 euros a un paciente por una erección

Condenan a la Sanidad valenciana con una indemnización de casi 50.000 euros a un paciente por una erección

Le duró 30 horas. 

Silla de ruedasMARTINS RUDZITIS

La Conselleria de Sanidad de la Comunidad Valenciana deberá abonar una indemnización de 49.104 euros a un paciente parapléjico de 36 años que sufrió graves consecuencias debido a un diagnóstico y tratamiento incorrecto de un caso de priapismo. Este trastorno le provocó una erección persistente durante 30 horas. Además, se ha otorgado una compensación de 5.000 euros a la esposa del paciente por los perjuicios emocionales sufridos a raíz de esta negligencia médica.

El priapismo es una condición médica caracterizada por una erección dolorosa y prolongada que no está relacionada con la estimulación sexual, lo que requiere atención médica urgente para evitar daños irreparables en los tejidos del pene. El dictamen del Consell Jurídic Consultiu (CJC), que confirmó la responsabilidad del sistema sanitario, establece que el paciente fue mal diagnosticado y no recibió atención adecuada de manera oportuna, lo que empeoró su estado.

El afectado acudió tres veces al servicio de Urgencias del Hospital de Ontinyent, Valencia, comenzando el 5 de julio de 2020, con una erección de seis horas de duración. A pesar de los exámenes realizados, fue dado de alta sin una solución efectiva. Pasadas 20 horas, regresó debido a la falta de mejora y, en esta segunda visita, un urólogo de Xàtiva le practicó un drenaje que inicialmente alivió el problema. Sin embargo, a pesar de la leve mejoría, el paciente tuvo que regresar al hospital tras un nuevo empeoramiento, y fue finalmente ingresado en el Hospital de Xàtiva, donde días después fue sometido a una cirugía para implantar una prótesis de pene.

El paciente, que experimentó complicaciones adicionales, como la extrusión de la prótesis, tuvo que someterse a una segunda intervención meses después. El CJC determinó que hubo un diagnóstico erróneo y una demora injustificada en realizar las pruebas necesarias para un diagnóstico temprano, lo que resultó en dolor y disfunción eréctil permanente para el afectado.

Cabe señalar que el CJC no es un tribunal de justicia, sino un órgano consultivo de la Generalitat Valenciana, cuya función es emitir dictámenes legales sobre cuestiones relacionadas con la administración autonómica, como en este caso, en el que se revisó la legalidad de las actuaciones sanitarias.

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Andrea Cadenas de Llano Sosa (Córdoba, Andalucía, 2000) es periodista licenciada por la Universidad Rey Juan Carlos (URJC). Escribe sobre actualidad. Puedes contactar con ella en acadenas@huffpost.es