Ayuso saca adelante la ley que incluye al concebido no nacido como un miembro más de la familia
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Ayuso saca adelante la ley que incluye al concebido no nacido como un miembro más de la familia

Permite a las familias acceder a las ayudas y beneficios fiscales derivados del nacimiento del bebé desde el momento en que se acredite el embarazo

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz AyusoEFE

El pleno de la Asamblea de Madrid ha aprobado este jueves, con el voto a favor del PP y Vox, la ley promovida por la presidenta autonómica, Isabel Díaz Ayuso, para reconocer al concebido no nacido o 'nasciturus', a efectos administrativos, como un miembro más de la unidad familiar.

El texto, que responde a un compromiso adquirido por la presidenta ya en su primera campaña electoral, en 2019, permite a las familias acceder a las ayudas y beneficios fiscales derivados del nacimiento del bebé desde el momento en que se acredite el embarazo, aunque en algunos casos se estipula unas semanas mínimas de gestación.

La ley ha sido aprobada en un pleno convocado expresamente a tal fin, pues estaba previsto que se elevara al último del período ordinario de sesiones, el del 18 de junio, pero la Mesa de la Asamblea paralizó la tramitación del texto el día antes tras advertir el PSOE-M de que el expediente administrativo que llegó a la Cámara estaba incompleto.

Así, el 'nasciturus' será tenido en cuenta desde el momento en que se acredite el embarazo en las ayudas que utilizan como criterio la renta de la unidad familiar (como las becas para estudiar Bachillerato o el primer ciclo de Educación Infantil en centros privados o las becas de comedor).

En el caso de las ventajas propias del título de familia numerosa (como deducciones fiscales, rebajas en el transporte público o exenciones de tasas), las familias con dos hijos que esperen un tercero podrán acceder desde el día posterior a la finalización de la semana 14 de gestación.

El texto establece la creación de un certificado específico de "familia asimilada a familia numerosa", cuya obtención será obligatoria para acceder a los beneficios, y que será válido hasta los tres meses siguientes a la fecha prevista de parto.

En los casos de gestación múltiple, se tendrá en cuenta por separado a cada uno de los concebidos a los efectos previstos en la ley.

Durante la tramitación de la ley se han incorporado tres enmiendas del PP: una para homogeneizar la semana mínima de gestación exigible en cada caso; otra que habilita al Gobierno para desarrollar la norma a través de decretos y reglamentos; y una última para garantizar que los trámites se puedan realizar tanto por vía telemática como presencial.

El reconocimiento de la condición de familia asimilada a familia numerosa entrará en vigor a los seis meses de la publicación de la ley en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM), mientras que el resto del contenido de la norma estará vigente desde el día siguiente a la publicación.

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