Giro en el TJUE: la policía no puede hacerte fotos ni tomarte las huellas de forma sistemática, "solo si es estrictamente necesario"
Una nueva sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea aclara que la toma de datos biométricos debe estar "claramente motivada": las multas por negarte a ello podrían ser anuladas.
Negarte a que la policía te tome huellas o fotografías puede ser legítimo. Eso es lo que deja claro el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en una nueva sentencia, después de que un tribunal francés elevara la cuestión a la justicia comunitaria por unos hechos que tuvieron lugar en 2020. Además, llega en un momento en el que Bruselas quiere que la policía comparta tu cara y ADN en 48 horas.
Una persona fue detenida entonces en París por organizar "una manifestación no declarada" y también por "actos de rebelión". En su detención, el ciudadano se negó a que le hicieran las fotografías de antecedentes penales y a que le tomaran las huellas dactilares, razón por la que se le imputó una multa. Lo paradójico es que esta se mantuvo a pesar de que acabó absuelto de los supuestos delitos por los que había sido detenido.
El ciudadano recurrió esa multa alegando que la normativa francesa no era conforme con la legislación europea en materia de protección de datos en el ámbito penal. Por eso, el Tribunal de Apelación de París acabó elevando la cuestión al Tribunal de Justicia de la Unión Europea: ¿el Derecho de la Unión permite a las autoridades nacionales tomar sistemáticamente huellas y fotos de toda persona sospechosa?
En la sentencia del TJUE llega la sorpresa: "Solo cuando sea estrictamente necesario"
Además de esa primera pregunta, el Tribunal de Apelación parisino cuestionaba si una persona puede ser procesada por haberse negado a ceder esos datos biométricos. En la Unión Europea es habitual que los juzgados nacionales pidan al TJUE este tipo de "decisiones prejudiciales": el órgano comunitario se encarga de redactar un fallo que luego sirve a los juzgados de cada país de la Unión a emitir su sentencia.
En este procedimiento, conocido como el caso Comdribus, el TJUE da la sorpresa aclarando que las autoridades nacionales deben cumplir una serie de requisitos a la hora de llevar a cabo la recogida de datos biométricos (como esas huellas dactilares y fotografías) con el objeto de realizar una investigación penal.
Los datos biométricos, recuerda el juzgado comunitario, forman parte de los datos personales especialmente sensibles a efectos del Derecho de la UE. Eso hace que dicha información sea especialmente protegida: su recogida y posterior tratamiento solo se permite cuando sea "estrictamente necesario" y existan "salvaguardas adecuadas" para los derechos y las libertades del interesado.
"La mera existencia de una o varias razones plausibles para sospechar de que se ha cometido un delito no basta para justificar la recogida de datos biométricos", aclara el departamento de Comunicación del propio TJUE. "Cada decisión de llevar a cabo una toma de datos identificativos debe venir acompañada de una motivación clara, aunque sea sucinta, que permita al interesado comprender las razones de la medida".
Algunas normativas nacionales serían contrarias al Derecho de la UE
El TJUE va más allá y aduce que las normas nacionales que amparen tomar datos biométricos de forma sistemática "sin que la autoridad policial pueda determinar individualmente esa necesidad" serían contrarias al Derecho de la Unión Europea, pues "conduce a la recogida indiferenciada y generalizada de datos biométricos".
Se da la particularidad de que en Alemania están implementando un nuevo sistema para tratar de localizar a sospechosos en internet que va a generar mucha controversia, y que es remotamente similar a una tecnología que las policías españolas (Policía Nacional y Guardia Civil) ya están usando.
La sentencia del TJUE, conocida este jueves, pone de relieve el intenso momento de conflictividad social que vivió Francia y todo el continente europeo durante el año de la pandemia. Amnistía Internacional publicó en septiembre de aquel año un informe que advertía de que se habían prohibido protestas y multado a cientos de manifestantes "en aplicación de los draconianos poderes en vigor a causa del COVID-19".
El investigador Marco Perolini, que realizó ese trabajo para Amnistía Internacional en Francia, incidió entonces en que "miles de personas han sido arbitrariamente multadas, detenidas, recluidas y enjuiciadas por actividades pacíficas que no deberían considerarse delito".