Improcedente el despido de una empleada que orinaba en los botes de comida

Improcedente el despido de una empleada que orinaba en los botes de comida  

Una cámara del comercio captó la fechoría de la mujer, pero los propietarios no pudieron usar el video como prueba.

El Tribunal Superior de Justicia de CataluñaJOSEP LAGO via Getty Images

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha determinado como improcedente el despido de una trabajadora de una panadería de Barcelona por haber orinado sobre utensilios de cocina que después usaba para servir a los clientes. La empresa deberá readmitirla y pagarle una indemnización de 25.000 euros.

El comercio denunció a la trabajadora que fue captada a través de una cámara de seguridad haciendo sus necesidades en una zona que también era vestuario, por lo que debería haberse protegido la intimidad de los usuarios, destaca la sentencia, según Antena 3.  

La empresa Neurocroissant Ibérica SA rescindió el contrato de su trabajadora en 2018. La empleada fue grabada en el obrador haciendo pis en los boles que se empleaban para poner luego alimentos. Para la empresa había cometido una falta muy grave, aparte de la transgresión de la buena fe y abuso de confianza. 

Se vulneró el derecho a la intimidad

La panadería ya disponía de cámaras de seguridad en la zona de atención al público. Aun así, ante las sospechas de que solía faltar dinero, los propietarios decidieron distribuir cámaras por todo el local. Al revisar las imágenes vieron que la trabajadora hacía sus necesidades en recipientes fuera del alcance de la vista de los clientes.

La sentencia argumentan que no hubo un previo aviso de las cámaras de seguridad en la zona. Por otro lado, especifican que ese espacio debería estar libre de videovigilancia al ser una zona donde los trabajadores se cambiaban de ropa.

En este caso, al ser despido improcedente, la trabajadora debe ser readmitida por su empresa o deberá recibir 25.000 euros en concepto de indemnización por despido.