"No fue a ver a su madre enferma": le despiden y gracias a un giro justiciero todo acaba en indemnización
La historia terminó con final feliz.

Una jueza laboral de Venecia falló recientemente a favor de un trabajador al que su empresa había despedido por unos motivos que a la magistrada le parecieron insuficientes y definió los métodos de la empresa de "reprobables".
Para comprender esta historia hay que trasladarse hasta Italia, concretamente a la sede de una empresa llamada Coop Alleanza 3.0, que cuenta con un total de 350 tiendas y en torno a 16.000 empleados. Pues bien, la situación que tuvo que experimentar este trabajador es de lo más intimidatoria.
Y es que, de acuerdo con lo establecido en la Ley 104 de 1992, cualquier persona tiene derecho a acogerse a un permiso para cuidar de familiares en situación de dependencia. Por este motivo, y ante el agravamiento del estado de salud de su madre, este hombre (que no quiso revelar su identidad a los medios locales), solicitó este permiso, el cual le fue concedido.
Sin embargo, la empresa tenía sospechas -al parecer infundadas- de que este hombre no iba a cuidar a su madre, motivo por el cual le colocaron un GPS en su coche de empresa. Y ahí fue 'pillado'. Según alegó la empresa, hubo tres horas de ese permiso en las que no estuvo cuidando a su madre, sino que se fue a su propio domicilio. Concretamente, los días 8 de mayo, 4 y 5 de junio del año pasado.
Esto fue suficiente para que la empresa tomara la decisión de despedirle automáticamente, hasta el punto de que el máximo mandatario de la compañía no quiso ni escuchar los argumentos del trabajador cuando este acudió a la oficina el día después de haber sido despedido.
Ante esta situación, el hombre de 46 años interpuso una impugnación y recurrió a la justicia para revocar esta decisión. Tras estudiar el caso, la jueza de Venecia que instruyó el caso consideró que el despido no era legal ya que el trabajador en cuestión era un empleado "fiable y diligente y que nunca había estado sujeto a sanciones disciplinarias" desde su entrada a la compañía en 2009. Asimismo, consideró que las pruebas aportadas por la empresa eran "inutilizables" y "reprobables" ya que implicaban una violación de la intimidad del trabajador.
Para más inri, la jueza consiguió comprobar que las tres horas en las que se ausentó fueron para ayudar a su madre, ya que las empleó en construir una reja en la ventana de su madre, que había sido asaltada anteriormente. Por todo ello, la magistrada consideró que "en ningún caso puede justificarse la cancelación de ninguna forma de garantía de la dignidad y la privacidad del trabajador" y ordenó a la empresa la reincorporación de este trabajador así como la compensación con los salarios devengados desde el día del despedido hasta su reanudación a la actividad profesional.