Jubilaciones forzosas en Sanidad: hablan los jueces

Jubilaciones forzosas en Sanidad: hablan los jueces

Un Juzgado de Madrid ha estimado el recurso de un facultativo y condena a la Administración a una indemnización. Recuerda mucho lo ocurrido con el proceso de privatización hospitalaria y demuestra la chapuza e improvisación de la Consejería de Sanidad y la DG de Recursos Humanos.

La Comunidad de Madrid implantó en 2013 el Plan de Medidas de Garantía de la Sostenibilidad del Sistema Sanitario Madrileño, que utilizando la crisis económica como excusa planteaba dos claros objetivos:

- PROFUNDIZAR LA PRIVATIZACIÓN INICIADA HACE UNA DÉCADA mediante la privatización de la gestión de la asistencia sanitaria en seis hospitales públicos madrileños y el 10% de Centros de Salud. El resultado de este descabellado y peligroso objetivo es bien conocido; los tribunales de justicia han paralizado el proceso de privatización de los hospitales, el rechazo de los profesionales ha sido total y las mareas blancas ciudadanas siguen llenando las calles de Madrid; ello ha obligado al señor Ignacio González a retirar por ahora el proyecto.

- AHORRO ECONÓMICO mediante nuevos recortes que incluyen también los recursos humanos. Es aquí donde en mi opinión debe encuadrarse la decisión de la Consejería de Sanidad de efectuar la jubilación forzosa de varios cientos de profesionales impidiéndoles ejercitar su derecho a prolongar su vida laboral activa hasta los 70 años si acreditan reunir la capacidad funcional necesaria para ejercer la profesión tal y como recoge el artículo 26 de la ley 55/2003 (Estatuto Marco Personal Estatutario).

Para llevar a cabo esta expulsión de profesionales del sistema la Consejería publicó el llamado Plan de Ordenación de Recursos Humanos (20 marzo 2013). Este largo documento es una compilación de datos poblacionales de la Comunidad aportados por el Instituto de Estadística y datos de una Memoria de Gestión del Servicio Madrileño de Salud, pero en ningún caso un auténtico Plan de Ordenación que contenga objetivos definidos, cuantificables, evaluables en un periodo temporal definido y como consecuencia de ello determine de los recursos humanos necesarios para llevarlos a cabo. Nada de ello lo contempla este pretendido Plan.

La Dirección General de Recursos Humanos publicó una Resolución ad hoc para aplicar las jubilaciones forzosas (BOCM 26/03/2013) estableciendo unos criterios para decidir quiénes podrían prorrogar y quienes no, que permitían una arbitrariedad incompatible con las actuaciones de la Administración Pública y así ha decidido a lo largo del año 2013 la denegación de prórroga a más de 500 profesionales.

En su momento manifesté mi opinión respecto a lo irregular de todo este proceso, expuse mis dudas sobre la legalidad del procedimiento así como sobre la posibilidad de anulabilidad o nulidad del Plan aprobado (veáse El Huffington Post de 7/05/2013 y 4/09/2013 y Acta Sanitaria).

El Plan está recurrido en casación ante el Tribunal Supremo por el sindicato CSIT Unión Profesional y quedan pendientes de resolver otros recursos planteados por otras Organizaciones Sindicales; asimismo una amplia mayoría de profesionales afectados han recurrido la denegación de sus solicitudes de prórroga y de manera reciente el Juzgado nº 1 de lo Contencioso-Administrativo de Madrid en la sentencia nº 54/2014 ha estimado el recurso de un facultativo y condena a la Administración a una indemnización (la sentencia no es firme y admite recurso). Todo lo anterior recuerda mucho lo ocurrido con el proceso de privatización hospitalaria y demuestra una vez más la chapuza e improvisación que adornan las decisiones de la Consejería de Sanidad y la Dirección General de Recursos Humanos (a fecha de hoy aún no ha aprobado las plantillas de los hospitales).

Una vez llegados a este punto sería oportuno preguntarse:

¿Qué ocurriría si los Tribunales declarasen no ajustado a Derecho el Plan y por ello todas las decisiones adoptadas a su amparo?

¿Quién o quiénes se harán responsables de los daños causados?

¿Cómo afrontará la Consejería las numerosas indemnizaciones que puedan ser determinadas por los Tribunales?

¿Qué credibilidad pretenden tener los responsables de la Consejería con comportamientos de maltrato generalizado a los profesionales y trabajadores sanitarios?

Para concluir y a título informativo, recordar que la Comunidad de Castilla-La Mancha también aprobó un Plan de Ordenación de Recursos Humanos para poder jubilar forzosamente a muchos profesionales. El Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha resolvió el recurso planteado por el Sindicato Médico declarando el Plan no conforme a Derecho en el ámbito de la jubilación (sentencia nº 509/2013).

El refranero español es muy sabio: cuando las barbas de tu vecino veas pelar, pon las tuyas a remojar. Veremos.