La UE confirma el ultimátum: España tiene hasta mayo para adaptar varias normas cruciales para bancos e inversores
Bruselas ha anunciado este viernes la notificación formal por la que le da al Gobierno dos meses para transponer varias directivas pendientes.
A mediados de enero venció el plazo que tenía el Gobierno para transponer varias directivas europeas. Ahora, como suele ser habitual, la Comisión Europea ha anunciado la apertura de un procedimiento de infracción y enviado varias cartas de requerimiento a Madrid para que subsane esta situación. Las directivas pendientes de adaptar a la legislación española afectan a entidades financieras e inversores, principalmente.
Lo ha avanzado Bruselas en la mañana de este viernes. "La Comisión toma medidas contra varios Estados miembros de la UE que no han notificado medidas adoptadas para transponer directivas cuyo plazo ha expirado recientemente". España no es el único país señalado: también han recibido cartas Bélgica, Bulgaria, Chipre, Dinamarca, Estonia, Grecia, Francia, Italia, Letonia, Luxemburgo, Países Bajos o Portugal, entre otros.
Una de las directivas pendientes de transponer por ejemplo es la Directiva Ómnibus del Punto Único de Acceso Europeo, que obliga a fondos de pensiones, emisores de valores o aseguradores enviar su información financiera y no financiera a un repositorio, de modo que se pueda reforzar la transparencia. Es, sin embargo, una tarea pendiente del nuevo vicepresidente primero del Gobierno.
Buena parte de lo que describe esta directiva figura ya en un anteproyecto de ley aprobado por el Consejo de Ministros a finales de 2024. Se trata del anteproyecto de ley para la digitalización del sector financiero. Sin embargo, no ha habido mucho progreso con él: la CNMC emitió su informe respecto al anteproyecto en julio del año pasado y el Gobierno todavía no ha aprobado el proyecto definitivo ni lo ha enviado a Cortes.
Las otras directivas pendientes
Ídem de lo mismo con otras de las directivas por las que Bruselas pide explicaciones: la Sexta Directiva sobre Requisitos del Capital (CRDVI). Introduce una actualización importante en el marco bancario: exige a las entidades financieras de terceros países de la UE a abrir una oficina en algunos de los Veintisiete estados para operar. También armoniza normas y le facilita el trabajo a los supervisores del mercado.
El plazo límite para que esta directiva entrase en vigor expiró también en enero. El Gobierno por el momento ha aprobado un anteproyecto de ley de contratos de crédito al consumo que introduce algunos aspectos del CRDVI, como reforzar al Banco de España. El BdE será el encargado de supervisar fusiones entre entidades financieras, como la fallida OPA del BBVA sobre el Sabadell.
La última directiva pendiente de que el Gobierno la transponga a la legislación nacional es la de las pruebas electrónicas. Se trata de una norma que exige a los proveedores de servicios digitales que designen un representante legal en la Unión Europea para que las autoridades judiciales puedan dirigirse a ellos de forma rápida y efectiva para solicitar pruebas electrónicas que sirvan en investigaciones penales.
Sobre esto último el Gobierno ya ha abonado el terreno con algunas reformas legales previas de la justicia, pero la Unión Europea vuelve a dar a Madrid dos meses de ultimátum. De no conseguir cumplir con el plazo, la Unión Europea podría iniciar un procedimiento judicial ante el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) como ya ha hecho en múltiples ocasiones en el pasado.
Una de las últimas causas iniciadas en el TJUE a instancias de Bruselas ha sido precisamente a raíz de que España no haya conseguido adaptar de forma efectiva su legislación al Reglamento de Servicios Digitales: es necesaria una reforma estatutaria de la Comisión Nacional del Mercado y la Competencia (CNMC) que la habilite de forma efectiva como la Coordinadora de Servicios Digitales en España.