Por favor, habilita JavaScript para ver los comentarios de Disqus.
Resuelta la gran duda de los becados a la hora de presentar la Declaración de la Renta

Resuelta la gran duda de los becados a la hora de presentar la Declaración de la Renta

La Ley del IRPF lo deja claro.

Una persona haciendo cálculosGetty Images

La Campaña de la Renta 2024-2025 ya está aquí. Desde el miércoles 2 de abril hasta el lunes 30 de junio los contribuyentes tendrán que rendir cuentas con Hacienda por los rendimientos obtenidos durante el año 2024.

No obstante, es importante destacar que no todas las ganancias tributan en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). El motivo es que la Ley del IRPF contempla una serie de rentas que están exentas. Ello es lo que ocurre con las becas.

En consecuencia, los becados que hayan trabajado y tengan que hacer la Declaración de la Renta pueden estar tranquilos, ya que el dinero procedente de la beca no afecta al resultado del trámite tributario.

En concreto, el artículo 7 de la Ley del IRPF, dedicado a las rentas exentas, precisa en su apartado 'j' que no tributan en el IRPF "las becas públicas, las becas concedidas por las entidades sin fines lucrativos a las que sea de aplicación el régimen especial regulado en el Título II de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, y las becas concedidas por las fundaciones bancarias reguladas en el Título II de la Ley 26/2013, de 27 de diciembre, de cajas de ahorros y fundaciones bancarias en el desarrollo de su actividad de obra social, percibidas para cursar estudios reglados, tanto en España como en el extranjero, en todos los niveles y grados del sistema educativo, en los términos que reglamentariamente se establezcan".

Espacio Eco
Un proyecto de Espacio Eco

Además, el texto normativo añade que también están exentas del IRPF "las becas públicas y las concedidas por las entidades sin fines lucrativos y fundaciones bancarias mencionadas anteriormente para investigación en el ámbito descrito por el Real Decreto 63/2006, de 27 de enero, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador en formación, así como las otorgadas por aquellas con fines de investigación a los funcionarios y demás personal al servicio de las Administraciones públicas y al personal docente e investigador de las universidades".