Si eres pensionista, esta ayuda de 500 euros del Imserso te puede interesar

Si eres pensionista, esta ayuda de 500 euros del Imserso te puede interesar

Está dirigida a los mayores de 65 años que vivan de alquiler. 

Mujer mirando su teléfono móvilGetty

El mayor porcentaje de pensionistas tienen una casa en propiedad, pero también hay un número significativo de personas mayores de 65 años que viven de alquiler. Dada la subida de los precios de los alquileres en España, se ha puesto en marcha un ayuda pública de 500 euros del Imserso para todos aquellos que están en esta situación y cuentan con menos recursos económicos para hacer frente a la renta mensual. 

De acuerdo al Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso), esta ayuda económica va dirigida a "titulares de pensión no contributiva que residan en una vivienda alquilada". La cuantía asciende a 525 euros al año y se abonará en un único pago. 

El plazo para pedir el complemento se extiende hasta el 31 de diciembre, sin saber a ciencia cierta si se alargará hasta entrado el 2024. Para pedirla, hay que acudir a las oficinas del Imserso o bien hacer el trámite online a través de la Sede Electrónica de la entidad. 

Requisitos para disfrutar de la ayuda

La primera condición para poder disponer de esta ayuda del Imserso es tener más de 65 años y no haber cotizado el tiempo suficiente como para disfrutar de una pensión contributiva. Además de este, es necesario que: 

  • - Se carezca de una vivienda en propiedad, ser titular de un contrato de alquiler y residir habitualmente en esa vivienda alquilada.
  • - El contrato de alquiler tiene que tener una duración mínima de un año.
  • - Contar con una pensión de jubilación o invalidez reconocida por la Seguridad Social en la modalidad de no contributiva en la fecha en la que se realiza la solicitud y en la que se resuelve. 
  • - No tener ningún grado de parentesco (incluido el tercer grado) con el arrendador de la vivienda.

Asimismo, si en la vivienda para la que se solicita la ayuda conviven dos o más personas con una pensión no contributiva, la recibirá el que figure como titular en el contrato de arrendamiento. De estar todas las personas, se tendrá el cuenta el primero de ellos que esté reflejado en el documento.