La justicia europea tumba la declaración de bienes en el extranjero de la Agencia Tributaria

La justicia europea tumba la declaración de bienes en el extranjero de la Agencia Tributaria

La sentencia del TJUE considera "desproporcionadas" las sanciones y rechaza las restricciones a la libre circulación de capitales.

Emblema de la Corte de Justicia Europea, con sede en Luxemburgo.Becker & Bredel/ullstein bild via Getty Images

Sentencia histórica de la justicia europea. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha declarado ilegal la declaración de bienes en el extranjero de la Agencia Tributaria. La sentencia del órgano judicial con sede en Luxemburgo ha calificado de “desproporcionadas” las sanciones que conlleva y se ha mostrado contraria a las restricciones a la libre circulación de capitales.

Según el TJUE, España ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del principio de libre circulación de capitales. En este sentido, la justicia europea considera que dicha exigencia de Hacienda, el denominado modelo 720, tiene como consecuencia la imposición de las rentas no declaradas correspondientes al valor de esos activos como “ganancias patrimoniales no justificadas”, sin posibilidad, en la práctica, de ampararse en la prescripción.

La sentencia ha destacado que las opciones elegidas en materia de prescripción son desproporcionadas atendiendo a los objetivos, puesto que permiten a la Administración tributaria proceder sin limitación temporal a la regularización del impuesto adeudado por las cantidades correspondientes al valor de los bienes o derechos situados en el extranjero y no declarados, o declarados de manera imperfecta o extemporánea.

Contrario al derecho de la UE

En su dictamen, el Tribunal de Justicia de la UE ha considerado que tales multas “establecen una restricción desproporcionada a la libre circulación de capitales” y que, por tanto, contraviene el Derecho de la Unión.

El pasado julio, el Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea consideró ilegal el sistema de sanciones de Hacienda al concluir que se trata de una medida “desproporcionada” que contraviene el Derecho de la UE.

El caso se remonta a 2015, cuando la Comisión Europea decidió expedientar a España por exigir a los contribuyentes residentes que notifiquen las propiedades, cuentas bancarias o activos financieros que tengan en el extranjero. La falta de soluciones llevó a Bruselas a elevar el caso ante la Justicia europea en junio de 2019.