El Gobierno pone al mismo nivel el tabaco calentado y el convencional y prohíbe que contenga aromas

El Gobierno pone al mismo nivel el tabaco calentado y el convencional y prohíbe que contenga aromas

Esta equiparación afecta solo al tabaco calentado y no a los vapeadores, aunque el ministerio de Sanidad ya se encuentra trabajando en una nueva regulación.

Un hombre con un vapeador en LondresMike Kemp

El Ministerio de Sanidad reactiva su persecución al tabaco. La ministra Mónica García ya adelantó a finales del año pasado que quiere "sacar del cajón" el plan antitabaco que contempla ampliar los espacios libres de humo a las terrazas, las playas o los coches en presencia de menores y embarazadas, un veto que incluye todos los derivados del tabaco como los famosos vapeadores.

El primer paso ya se ha dado. El Consejo de Ministros ha aprobado este martes equiparar legalmente el tabaco calentado con el tradicional y la prohibición de que contenga aromas, al tiempo que obliga a que en el etiquetado figuren las advertencias de que es perjudicial para la salud. De esta forma, ha aprobado el Real Decreto que regula determinados aspectos relativos a la fabricación, presentación y comercialización de los productos del tabaco y los productos relacionados.

Además, se amplía la prohibición de comercializar productos del tabaco con aroma característico o que contengan aromatizantes en sus componentes -como filtros, papeles para fumar, envases o cápsulas- o cualquier otra técnica que permita modificar el olor sabor de los productos del tabaco, así como intensificar el humo a los productos del tabaco calentado. Además, los filtros, papeles y cápsulas no podrán contener tabaco, ni nicotina.

Asimismo, se retira la excepción de las obligaciones de incluir un mensaje informativo y las advertencias sanitarias combinadas. Por tanto, las unidades de envasado y el embalaje exterior de los productos de tabaco calentado deberán incluir el siguiente mensaje informativo: "El humo del tabaco contiene más de 70 sustancias cancerígenas". Además, deberán incluir las fotografías en color especificadas en la biblioteca de imágenes del anexo II del Real Decreto 579/2017, de 9 de junio.

El Gobierno transpone así la Directiva Delegada, de 9 de junio, que modifica la Directiva 2014/40/UE en lo que respecta a la retirada de determinadas excepciones aplicables a los productos de tabaco calentado, con el fin de equipararlo a los cigarrillos convencionales Este Real decreto entrará en vigor en el plazo de tres meses desde su publicación en el BOE.

Esta equiparación afecta solo al tabaco calentado y no a los vapeadores. En este sentido, la ministra de Sanidad, Mónica García, ha publicado un mensaje en la red social X en el que ha asegurado que continúan trabajando en el Plan Integral de Prevención y Control del Tabaquismo "para avanzar en la regulación de vapeadores, espacios libres de humo y otros aspectos para prevenir adicciones y proteger la salud pública".

Fuentes del ministerio de Sanidad señalan que el plan es prohibir el uso de los vapeadores sin nicotina en menores de edad y a los vapeadores con nicotina, que ya están prohibidos para menores, imponerles las mismas restricciones que el tabaco convencional.

  La ministra de Sanidad, Mónica GarcíaGetty Images

Los datos sobre el tabaquismo son demoledores, especialmente entre los más jóvenes. El 25% de estudiantes de 12 a 13 años admite haber consumido alguna vez cigarrillos electrónicos y el 8,5 % tabaco. "Los vapeadores tienen apariencia de juguetes y sabores dulces, pero son perjudiciales y la antesala del tabaquismo. Vamos a regularlos", anticipaba hace unos días la ministra de Sanidad, Mónica García.

Además, según el último informe de la Sociedad Española de Epidemiología, la mortalidad a causa del tabaco ha aumentado entre las mujeres en los últimos treinta años. Además, cada año fallecen 63.000 personas por causas atribuibles a su consumo; el 21% de las cuales, más de 13.000, tienen menos de 65 años.

Reacción de Philip Morris

¿Cómo afectará estas nuevas medidas a las empresas tabaqueras? Philip Morris, líder de este tipo de productos en el mercado español, señala que en lo relativo al etiquetado con las advertencias sanitarias, esta nueva normativa aplica exclusivamente a los productos de tabaco calentado para fumar (con combustión), mientras que sus productos son "calentados sin combustión". 

Por tanto, esta nueva normativa solo les afecta "en relación a la prohibición de productos con aroma característico de tabaco para calentar"", aseguran a El HuffPost.

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Licenciado en periodismo por la Universidad Carlos III. Actualmente, es redactor de política en El Huffington Post, tras nueve años como coordinador en ABC, cuatro como director digital en el grupo COPE y seis meses en Mediaset. Puedes contactar con él en javier.escartin@huffpost.es