Confirmado por el TJUE: el viaje de vuelta del trabajo también es jornada laboral si el empleado usa el vehículo de empresa
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Confirmado por el TJUE: el viaje de vuelta del trabajo también es jornada laboral si el empleado usa el vehículo de empresa

Un viaje que también debe ser remunerado y parte del trabajo.

Una mujer conduciendo con la mano al volante.Getty Images

No todos viven a cinco minutos del trabajo ni pueden desconectar en cuanto cruzan la puerta de la oficina. Para miles de trabajadores, la jornada empieza mucho antes de fichar y termina bastante después, entre carreteras, obras o trayectos marcados por la empresa. Ese tiempo, a menudo invisible, es el que ahora vuelve al centro del debate tras la última decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

En este contexto, el TJUE ha dado un paso más en la protección del tiempo de trabajo: si el desplazamiento de ida ya se computa como jornada, el de vuelta también debe contabilizarse cuando el empleado está obligado a viajar en un vehículo de la empresa, en un horario fijado por la compañía y desde un punto de salida determinado por ella. Durante ese trayecto, el trabajador sigue sin disponer libremente de su tiempo ni decidir sobre su actividad.

Todo período durante el cual el trabajador permanezca en el trabajo, a disposición del empresario y en ejercicio de su actividad o de sus funciones, de conformidad con las legislaciones y/o prácticas nacionales”, una definición recogida en el artículo 2 de la Directiva 2003/88 y reiterada de forma constante por el TJUE. Así, el tribunal vuelve a dejar claro que el concepto de jornada laboral no depende de si se está produciendo trabajo efectivo en sentido estricto, sino de hasta qué punto el empleado sigue bajo el control de la empresa.

  Coches circulando por la Gran vía de Madrid.Getty Images

Aplicable a toda la UE

La decisión del tribunal europeo no surge de forma aislada, sino a raíz de una cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, que pidió aclarar cómo debía interpretarse el tiempo de trabajo en estos desplazamientos organizados por la empresa. A partir de esa consulta, el TJUE analizó el caso concreto y acabó estableciendo que cuando el trayecto está impuesto por el empleador y limita la libertad del trabajador, tanto la ida como la vuelta deben considerarse parte de la jornada laboral.

A través de este fallo C-110/24, del 9 de octubre de 2025, la máxima instancia judicial de la UE pone el foco en un elemento clave: el grado de control que mantiene la empresa sobre el trabajador durante el desplazamiento. Así, concluye que no se trata solo de si se realiza una tarea concreta, sino de si el empleado puede organizar libremente su tiempo, algo que queda descartado cuando el viaje está previamente fijado por la compañía en cuanto a horario, ruta y medio de transporte.

El TJUE recuerda además que no existe una categoría intermedia entre “tiempo de trabajo” y “periodo de descanso”, por lo que un trayecto que reúna esas condiciones no puede quedar en una especie de limbo jurídico. Ahora bien, el criterio que fija Luxemburgo es que debe tratarse de desplazamientos obligatorios en un vehículo de la empresa, con un punto de partida señalado por el empleador y hacia un lugar donde se realiza la prestación esencial del contrato.

Esa precisión es importante porque, en la práctica, puede obligar a revisar cómo se contabilizan las jornadas en sectores con equipos móviles, obras, rutas técnicas o servicios itinerantes. La normativa europea sobre ordenación del tiempo de trabajo fija un descanso diario mínimo de 11 horas consecutivas y un límite general de 48 horas semanales de media, así que sumar esos trayectos puede hacer saltar los límites legales antes de lo previsto.

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Soy redactora en El HuffPost España, especializada en publicar artículos y reportajes de interés social: un periodismo cercano que explica y conecta.

 

Sobre qué temas escribo

Me centro en temas sociales y redacto artículos que ponen el foco en la vida cotidiana, los viajes, el consumo y las historias que conectan con la gente. A través de testimonios y observación trato de convertir experiencias personales en relatos que expliquen realidades más amplias y lleguen al lector. Por ejemplo, el reportaje con el que se dio a conocer la iniciativa de Javier Cascón: “Tiene 26 años, tres casas en Madrid que da a los sintecho y es de valorar la forma con la que ha conseguido el dinero”; un joven que ha convertido su vida en un ejemplo a seguir.

 

En general, escribo sobre vivencias personales y lugares que suelen pasar desapercibidos, por lo que siempre encontrarás sitios de interés con los que deleitarte en mis artículos.

 

Mi trayectoria

Nací en Madrid en 2001, estudié un doble grado de Periodismo y Comunicación Audiovisual en la Universidad Rey Juan Carlos y me estrené como becaria en el Diario AS, donde me recibieron con los brazos abiertos y aprendí muchísimo. Desde el verano de 2024 formo parte del equipo de El HuffPost España, donde sigo creciendo profesionalmente y disfruto contando a diario historias que le importan a la gente. Entre mis mayores intereses que me llevaron al mundo del periodismo destacan los temas culturales, sociales y deportivos, pero me encanta aprender sobre otras áreas. En lo personal, soy una gran apasionada de contar historias y trasladar la información a todas las pantallas y los hogares, pero también del cine y de la postproducción audiovisual.

 


 

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