Despiden a un trabajador de El Corte Inglés por grabar debajo de las faldas a clientas
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha ratificado la procedencia del despido, ya que la conducta del trabajador afectó gravemente a la intimidad de los clientes y ocasionó un grave perjuicio a la empresa.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha ratificado la procedencia del despido de un trabajador de El Corte Inglés por grabar, hasta en tres ocasiones, por debajo de las faldas de las clientas a las que atendía. El empleado, que llevaba 20 años en la empresa, aprovechaba cuando tenía que agacharse a una estantería inferior para coger o depositar productos para colocar su móvil debajo de las prendas de ropa de las mujeres.
La Sala de lo Social ha dictado sentencia y confirma que la medida disciplinaria tomada por El Corte Inglés, consistente en despedir al trabajador, es procedente, ya que la conducta del trabajador afectó gravemente a la intimidad de los clientes y ocasionó un grave perjuicio a la empresa, según ha informado el medio especializado Economist & Jurist.
Los hechos ocurrieron en 2023, cuando el delegado de seguridad del centro comercial fue avisado por el jefe de personal de que el hombre, que llevaba trabjando 20 años en la empresa, podría estar realizando grabaciones por debajo de la falda de clientas. En ese momento, el departamento de prevención y seguridad corporativa de El Corte Inglés inició un proceso de investigación.
Finalmente, se comprobó que en tres ocasiones, una a finales de abril y dos a principios de junio, el trabajador durante su jornada laboral y mientras atendía a diferentes clientas tenía su teléfono móvil en la mano y, aprovechando cuando se agachaba a coger o depositar algún producto en una estantería inferior, extendía su brazo colocando el dispositivo debajo de la falda de las clientas, manteniendo unos segundos el móvil en esa posición.
De estas tres ocasiones en la que el trabajador vulneró gravemente la intimidad de las clientas, los servicios de seguridad del centro comercial solo pudieron localizar a una de ellas, a la última, y le informó de los hechos. La mujer presentó denuncia en la Comisaría de Policía. El Corte Inglés, por su parte, procedió a comunicar al trabajador su despido disciplinario, según relata el mismo medio.
El trabajador demandó a la empresa, solicitando en la demanda que el despido fuese declarado nulo. Asimismo, solicitaba que la empleadora fuera condenada a indemnizarle por dicha vulneración con la cantidad de 36.000 euros. Pero el Juzgado de lo Social número 10 de Málaga desestimó la demanda y calificó el despido como procedente al considerar que la conducta del trabajador había afectado gravemente a la intimidad de los clientes y, también, había ocasionado un grave perjuicio a la empresa. Contra dicha sentencia el empleado interpuso recurso de suplicación.
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, finalmente, ha desestimado el recurso refrendando el criterio y la conclusión de la magistrada de instancia, "descartándose cualquier designio vulnerador de los derechos fundamentales del trabajador en la medida disciplinaria adoptada".