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Despiden a un trabajador por no ser divertido y su seriedad le hace ganar 500.000 euros de indemnización

Despiden a un trabajador por no ser divertido y su seriedad le hace ganar 500.000 euros de indemnización

Una decisión de "sentido común".

Juez-dicta-sentencia
Un juez dicta sentencia.Getty Images

En el trabajo, no ser divertido puede salir caro. Un caso legal singular ha dado la vuelta al mundo en este sentido. Los hechos han acontecido en Francia, donde, tal como informa el medio de comunicación Le Figaro, el Tribunal de Apelación de París ha ordenado la readmisión de un empleado que había sido despedido por no haber sido "divertido en el trabajo".

Tal y como reza la publicación, el tribunal ordenó a la empresa pagar casi 500.000 euros en indemnización. Exactamente, 496.298 euros por "la nulidad del despido". 

Fue en noviembre de 2022, cuando los magistrados fallaron a favor del demandante, indicando, de este modo, que tenía todo el derecho a no participar en las copas de fin de semana organizadas por sus compañeros. De hecho, el empleado, un consultor contratado en 2011, había sido despedido, concretamente, por "insuficiencia profesional" y "desalineación cultural" con "los valores divertidos y profesionales que defiende la empresa". 

En particular, y como recaba el medio de comunicación, el afectado criticó a la compañía de organizar "seminarios y bebidas de fin de semana que frecuentemente generaban un consumo excesivo de alcohol fomentado por los socios que ponían a disposición grandes cantidades de alcohol, y por prácticas defendidas por los socios que vinculaban la promiscuidad, el acoso y la incitación a diversos excesos y excesos".

De este modo, finalmente, en marzo de 2021, la solicitud de compensación por el despido inválido del empleado "no divertido y no lo suficientemente profesional" fue rechazada por el Tribunal de Apelación de París, que también mantuvo algunas quejas que la empresa reprochó a la persona implicada: "Su rigidez, su falta de atención, su tono a veces frágil y desmotivador hacia sus subordinados".

Pero finalmente, en una decisión dictada el martes 30 de enero de ese mismo año, el Tribunal de Casación falló a favor del empleado y se refirió a "la vulneración de la libertad de expresión y de impugnación del empleado, una libertad fundamental." Por tanto, se hace justicia. Una decisión de "sentido común".

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