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Ignacio, abogado, sobre irte de tu empresa con indemnización: "Si te deben tres nóminas o se retrasa 6 meses el pago del salario"

Ignacio, abogado, sobre irte de tu empresa con indemnización: "Si te deben tres nóminas o se retrasa 6 meses el pago del salario"

En nómina del padre, del hijo y...

Imagen de archivo de una entrevista de trabajo.
Imagen de archivo de una entrevista de trabajo.Getty Images

Ignacio de la Calzada, abogado laboralista con un millón de seguidores, suele publicar vídeos en su perfil de TikTok @laboral_tips. En ellos, suele hablar de asuntos laborales que afectan a todo el mundo y ofrece consejos antes de tomar decisiones arriesgadas

En uno de los últimos contenidos que ha compartido, ha querido hablar de lo que suele ocurrir en las ocasiones en las que un trabajador quiere irse de su empresa y le gustaría obtener una indemnización.

"Desde ya te podrás ir de tu empresa con indemnización, si te deben tres nóminas o se retrasa seis meses en el pago de salario. Ha entrado en vigor una nueva ley (Ley orgánica 1/2025) que ha modificado el artículo 50 del estatuto de los trabajadores", ha contado.

Ignacio de la Calzada ha señalado que este cambio habla del "autodespido" y ha detallado que "es ese procedimiento judicial en el que el trabajador puede solicitar al juez que se vaya de la empresa con indemnización y el paro cuando su empleadora incumple con estos dos requisitos".

"El primero es que te deban nóminas. Hasta ahora lo que se exigía, según los tribunales, era que se debieran tres nóminas y normalmente una paga extra. Más de lo que decía el estatuto. Se ha modificado y establece que concurre la causa si te deben tres nóminas, aunque no sean consecutivas. Tienen que ser enteras", ha expuesto.

Pero el abogado laboralista ha hablado de que el "cambio más importante" es "cuando existen retraso del pago y el salario de al menos seis meses". "Hay retraso cuando tardan más de 15 días en pagarte de la fecha normal. Y lo primero que tendremos que ver es cuando te pagaba tu empresa el sueldo de forma normal", ha añadido.

El experto ha puesto de ejemplo que, si tienen que pagar el día 10 y no se ha cobrado 15 días después de esa fecha, eso se consideraría retraso. En tal caso, no hace falta que sean consecutivos. Esos fallos pueden producirse "alternativamente".

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