La Justicia da la razón al albañil despedido por no trabajar los sábados: su contrato era de lunes a viernes
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La Justicia da la razón al albañil despedido por no trabajar los sábados: su contrato era de lunes a viernes

La empresa intentó enmascarar el despido como si fuera uno de aquellos contratos por obra y servicio... pero no coló.

Un albañil, en una obraGetty Images

Esta conversación se ha dado en muchas empresas de muy distintos ámbitos laborales. Y esta vez, la Justicia ha fallado a favor del trabajador. Se trata del caso de un albañil que tras firmar su contrato indefinido se encontró con una inmediata carta de despido. La razón argumentada por el jefe, que su empleado se negó a trabajar los fines de semana.

El asunto lleva a Florencia, donde este obrero logró un contrato de 40 horas semanales, de lunes a viernes, y con el encargo de cubrir dos obras, una en su Florencia y otra en Pistoia. El problema es que desde arriba le exigieron a alargar las jornadas al fin de semana, algo que él rechazó. 

El despido abrió una nueva vía legal, la del recurso del afectado en las instancias judiciales. Primero, en un tribunal de su ciudad, en la que alegaba haber sido despedido "por represalias" y acompañando su protesta de un audio. El medio italiano La Nazione recoge que en el mismo, el "dueño de la empresa y cónyuge del representante legal" confirmaba el despido por no presentarse los sábados. 

"Aquí mando yo, trabajamos los sábados [...] No te presentaste a trabajar el sábado, para mí se acabó, se acabó, no hay más contrato, te juro que te despidieron", espeta el responsable.

La empresa ha mostrado su versión al mismo medio, donde expresan que el trabajador "había sido contratado específicamente para realizar el trabajo en las dos obras, que estaban próximas a finalizar , tal como se indicaba claramente en el contrato de trabajo". Y que la relación laboral había terminado "al concluir dicho trabajo", sin hacer referencia al affaire 'fin de semana'.

La Justicia intervino rápido. Un juez local anuló el despido y ordenó la reincorporación del joven trabajador, con el añadido de obligar a la empresa a pagar una indemnización "acorde con el último salario de referencia para el cálculo de la indemnización por despido". 

Más allá de las palabras del juez, estaba el argumento de un contrato que estipulaba una duración indefinida, por lo que no podía acogerse el empleador a la fulminante finalización de las labores para las que había sido contratado. Como la empresa ya no presentó ninguna otra prueba que justificara el despido, el juez decretó la improcedencia del despido, acordando las medidas de reparación. 

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