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Tres trabajadores cometen la misma infracción grave, el jefe solo despide a dos y los jueces consideran que fue legal

Tres trabajadores cometen la misma infracción grave, el jefe solo despide a dos y los jueces consideran que fue legal

Uno de ellos se salvó por un pequeño detalle que se convirtió en fundamental en la decisión de su superior.

Tres trabajadores en la oficina del jefe
Tres trabajadores en la oficina del jefeGetty Images

La disciplina en el mundo laboral no siempre se aplica con el mismo peso a todos los empleados implicados en una falta. Y aunque, a primera vista, sancionar de manera desigual pueda parecer injusto, la ley permite matices. Así lo confirma un caso reciente en Francia, donde tres trabajadores cometieron la misma infracción, pero únicamente dos de ellos acabaron despedidos. La tercera recibió solo una amonestación. El asunto llegó hasta la más alta instancia judicial, que terminó respaldando la decisión del empleador.

El titular cobra sentido en ese matiz: la diferencia de sanciones, en este caso, no fue considerada discriminación, sino una facultad legítima dentro del poder disciplinario empresarial.

Una falta grave con consecuencias distintas

El origen de todo se sitúa en la Asociación para la Protección de la Infancia y la Adolescencia de la región de Drôme (Francia). Allí, los tres empleados trabajaban en el seguimiento de una familia que ya en diciembre de 2018 había mostrado indicios preocupantes para la seguridad de los menores a su cargo.

Sin embargo, ninguno de los tres informó a la dirección de esos primeros signos de alarma. Con el paso de los meses, dos de ellos continuaron haciendo seguimiento del caso, y por tanto, tuvieron acceso a nueva información preocupante en enero y febrero de 2020. Aun así, decidieron no avisar a sus superiores.

Solo el 12 de marzo del mismo año, durante una reunión interna, terminaron compartiendo los hechos. Para entonces, según la dirección, el riesgo para los menores se había prolongado innecesariamente durante más de un año, lo que elevó la gravedad del incumplimiento.

Una trabajadora “salva” su empleo

Aquí aparece la diferencia clave: la tercera empleada había dejado el seguimiento de esa familia en septiembre de 2019, y por tanto, solo tuvo constancia del primer episodio. Su implicación se limitaba al inicio del periodo investigado.

Por esa razón, el empleador decidió amonestarla, mientras que a sus dos compañeros —quienes ocultaron información adicional durante meses— les aplicó el despido disciplinario por falta grave (20 de abril de 2020). Uno de los sancionados decidió llevar el asunto ante los tribunales, alegando que el trato desigual constituía discriminación laboral.

Los tribunales dan la razón al empleador

El caso pasó primero por el Tribunal Laboral y luego por el Tribunal de Apelación de Grenoble. Ambos fallaron a favor de la asociación, concluyendo que la sanción de despido estaba justificada.

Persistiendo en su argumento, la empleada recurrió al Tribunal de Casación, última instancia judicial francesa, que emitió una sentencia definitiva el 17 de septiembre de 2025:

El empleador puede imponer sanciones distintas por una misma infracción si existen criterios objetivos que lo justifiquen. El abogado laboralista Xavier Berjot, citado en el caso, explicó que los jueces suelen valorar factores como:

  • antigüedad del empleado
  • conducta anterior y expediente disciplinario
  • nivel de responsabilidad
  • conocimiento detallado de los hechos
  • duración y gravedad de la implicación

En este supuesto, el tiempo que cada trabajador estuvo a cargo de la familia y la continuidad en el conocimiento de señales de alarma fueron determinantes. La resolución reafirma un principio ya conocido en derecho laboral: el trato diferencial no es automáticamente discriminatorio.

Para alegar discriminación válida, el empleado debe aportar pruebas sólidas que indiquen que la medida se basa en motivos ilícitos -como sexo, edad, ideas o cualquier otro criterio protegido- y no en circunstancias objetivas del caso.

Aquí, la justicia consideró que la diferencia de sanción respondía a hechos demostrables y relevantes, y no a un intento injusto de señalar o perjudicar a una sola persona. Aunque la sentencia es clara en términos legales, el caso abre un dilema más amplio: ¿hasta qué punto el grado de implicación convierte a unos trabajadores en más responsables que otros dentro de un mismo error colectivo?

La aparente injusticia -tres infractores, solo dos despidos- sigue generando reflexión en el entorno laboral y sindical, donde se defiende que la coherencia en las sanciones es clave para mantener la confianza interna.

Sin embargo, este fallo también recuerda que el derecho laboral no es matemático, sino que evalúa cada situación con lupa, distinguiendo matices que pueden marcar la diferencia entre perder un empleo o conservarlo.