Pone el IBAN incorrecto en una transferencia de 4.209 euros, solicita un reembolso pero el banco tiene otro plan
Al detectar el fallo, la empresa pidió a su banco que cancelara la transferencia, pero esta solicitud fue rechazada.

Un simple fallo al introducir el número IBAN durante una transferencia bancaria terminó provocando la pérdida de 4.209 euros en un caso ocurrido en Italia (y por lo tanto también nos sirve de forma curiosa de entender los vericuetos legales de otro país). Según explica el medio InformazioneOggi, la empresa que realizó el pago reclamó la devolución inmediata del dinero, pero se encontró con una situación inesperada. El caso llegó hasta los tribunales, que ya han emitido una sentencia firme.
Todo comenzó cuando una empresa realizó un pago de 4.209 € en noviembre de 2019 como parte del abono de una factura. Sin embargo, debido a un error al escribir el código IBAN, el importe fue a parar a la cuenta de un tercero que no tenía relación con la operación.
Al detectar el fallo, la empresa pidió a su banco que cancelara la transferencia, pero esta solicitud fue rechazada. El receptor del dinero reconoció que no había prestado ningún servicio al remitente y que, por tanto, no tenía derecho a esos fondos.
Lo sorprendente es que el banco receptor no devolvió el dinero, sino que explicó ante el Árbitro Bancario Financiero (ABF) que había utilizado esa cantidad para saldar una deuda pendiente que el beneficiario tenía con la propia entidad. En otras palabras, la entidad financiera retuvo el importe para cubrir una obligación anterior del titular de la cuenta.
Ante la falta de resolución, la empresa presentó una reclamación ante el ABF, es decir, el Árbitro Bancario Financiero, un sistema extrajudicial para la resolución de este tipo de casos en italia. Sin embargo, la resolución fue desfavorable. El tribunal consideró que el banco no podía reintegrar el dinero sin una instrucción clara del titular de la cuenta y que la compensación aplicada era válida. Esto se basó en la norma que establece que los fondos abonados en una cuenta corriente pasan a estar disponibles para su titular, y el banco puede actuar sobre ellos conforme a los acuerdos vigentes.
La resolución número 2948 del ABF en Italia, dictada el 19 de marzo de 2025, ha generado críticas por parte de quienes esperaban una respuesta distinta. El fallo aclara que la empresa afectada no alegó de forma correcta ninguna responsabilidad directa del banco y no aportó pruebas suficientes para argumentar un enriquecimiento injusto por parte de la entidad.
El tribunal concluyó que la existencia del error no justifica automáticamente la devolución de los fondos. Si la empresa desea recuperar el dinero, deberá iniciar un procedimiento contra el destinatario de la transferencia, no contra la entidad financiera.
