¿Se pueden incluir facturas de gasolina en la declaración de la Renta?
La respuesta es que sí, pero en un número reducido de casos.

Aunque aún quedan unos meses para que llegue el 2 de abril y dé comienzo el plazo para entregar la declaración de la Renta 2025 (correspondiente al ejercicio fiscal 2024), es importante planificar esa rendición de cuentas con Hacienda.
En ese sentido, una duda habitual es si los autónomos pueden incluir las facturas de gasolina en la declaración de la Renta para poder obtener deducciones. La respuesta es que sí, pero en un número reducido de casos.
Lo primero que hay que tener en cuenta es que para que un gasto sea deducible en la declaración de la Renta el mismo tiene que estar vinculado a la actividad económica del autónomo, tiene que estar respaldado documentalmente (es decir, tienen que existir recibos o facturas del gasto) y tiene que estar registrado en la contabilidad del autónomo.
Más allá de esos requisitos exigibles para cualquier gasto deducible, en el caso concreto de la gasolina, tal y como explica el portal Infoautónomos, únicamente se admiten como gastos íntegramente deducibles de IRPF aquellos que estén relacionados con las siguientes actividades:
- Transporte de viajeros
- Transporte de mercancías
- Enseñanza a conductores
- Agentes comerciales colegiados (dados de alta en el Epígrafe 511 del Impuesto de Actividades Económicas)
Por lo tanto, únicamente pueden deducirse la gasolina al 100% los autónomos que trabajen como taxistas, transportistas, repartidores, mensajeros, en una autoescuela, o que sean determinados tipos de agentes comerciales y representantes.