Patricia Conde: "La información que está siendo difundida desde ayer no se corresponde con la realidad de mi situación tributaria actual"
La actriz es una de las caras conocidas que aparece en el listado de morosos cde Hacienda con una deuda de más de 700.000 euros.

Ayer, 30 de junio, día en el que acababa el plazo para presentar la declaración de la Renta 2025, Hacienda hizo pública la lista de celebridades y famosos que tienen una cuantioso deuda con la Agencia Tributaria.
En ella, se resisten a desaparecer Isabel Pantoja, Bertín Osborne o Paz Vega, que llevan formando parte de ella desde hace años. Este no es el caso de Patricia Conde que, aunque lleva varias campañas sintiendo el aliento de la Hacienda Pública, había salido de este "honorable" listado para volver ahora con una deuda de 714.615 euros.
La presentadora y actriz, manifiestamente enfadada, no ha tardado en reaccionar a esta 'acusación' y ha hecho público un comunicado en sus redes sociales en el que ha negado esa deuda porque este "asunto quedó resuelto hace años", concretamente en 2023, y desde entonces asegura estar al corriente de sus "obligaciones tributarias".
“La información que está siendo difundida desde ayer no se corresponde con la realidad de mi situación tributaria actual, y obedece a una incidencia que ya está siendo tratada por mi equipo jurídico y fiscal directamente con la Administración competente”, señalaba para terminar añadiendo que recurrirá a la justicia para defenderse.
"Me reservo el ejercicio de cuantas acciones legales resulten oportunas para la defensa de mis derechos y para reparaciones de los daños que esta situación pudiera haberme ocasionado", sentenciaba.
Como ha confirmado EFE, a partir de las declaraciones de Patricia Conde, fuentes de la AEAT recuerdan que los contribuyentes propuestos para aparecer en el listado son avisados previamente y tienen un periodo de alegación de diez días en el que pueden solicitar la modificación de eventuales errores antes de la publicación, aportando justificación de que están satisfechos los pagos.
Según estas fuentes, la Administración rectifica el listado cuando, en el citado periodo de alegaciones de diez días, se acredite que están solventadas las deudas o sanciones tributarias.
