García Castellón cree que Tsunami pudo planear "alguna actuación" en una visita del rey a Barcelona
El juez pide a la Guardia Civil que investigue si un mosso facilitó datos de la seguridad de Felipe VI
El juez Manuel García Castellón no descarta que la plataforma Tsunami Democràtic, a la que investiga por delitos de terrorismo por sus protestas tras la sentencia del 'procés', pudiera "tener en mente" alguna actuación contra el rey Felipe en una visita a Barcelona en 2020 para la entrega de los premios Princesa de Girona.
Así lo deduce el magistrado de la Audiencia Nacional de una serie de conversaciones que mantuvo uno de los investigados, el empresario Josep Campmajó, a través de la aplicación Wire, con una persona con el nombre de usuario Xuxu Rondinaire, del que se sospecha que podría ser un miembro de los Mossos d’Esquadra.
Unos mensajes a los que hasta el momento el juez no había hecho "mención" en sus resoluciones y que constan en el informe de la Guardia Civil correspondiente a Campmajó, según indica el juez en un auto, al que ha tenido acceso EFE, y en el que acuerda una serie de diligencias, entre ellas que la Guardia Civil identifique a Rondinaire y que informe de las visitas planeadas por el monarca en estas fechas.
El juez infiere la intencionalidad de los miembros de Tsunami de realizar una actuación de protesta contra el rey, de expresiones como “Guardia R” que, "con toda probabilidad hace referencia a la Guardia Real", indica el auto.
"Las ideas expuestas por Xuxu Rondinaire", expone el juez, se corresponderían a "la exposición detallada del despliegue de seguridad estándar realizado en los desplazamientos del monarca, desde el uso de vías rápidas desde el aeropuerto hasta el recinto donde se celebra el acto, incluyendo la composición de la comitiva móvil con la disposición de los vehículos de Casa Real, Mossos, ambulancias etc."
Para García Castellón determinadas manifestaciones de Rondinaire van en ese sentido, tales como "desde unas horas antes la Guardia R da pasadas adelante y atrás por todo el recorrido y va informando de novedades".
También cuando dice: "Explícame que queréis hacer y os diré si vale la pena o es perder el tiempo como en el Camp Nou. Un par de horas antes, dos veces hacen el recorrido con toda la comitiva (sin la personalidad) Y la comitiva es larga".
Sobre la referencia a “perder el tiempo como en el Camp Nou”, el juez lo enlaza con una acción de Tsunami del 18 de diciembre de 2019, "cuyo resultado no estuvo a la altura de lo que se esperaba por la organización".
En un informe remitido en su día al juez, la Guardia Civil informó del hallazgo de una serie de capturas de pantalla en el móvil de Campmajó de las que se deduce que la plataforma contaba con "colaboradores" en los distintos cuerpos policiales que le facilitaban "información confidencial de bases de datos policiales" o sobre "técnicas o protocolos policiales de carácter restringido".
En concreto, un agente de los Mossos informó de la titularidad de determinadas matrículas de coche e "información policial privilegiada sobre despliegues y procedimientos operativos de las fuerzas y cuerpos de seguridad".
Por otra parte, otro agente habría enviado a Campmajó la titularidad de una matrícula, y un cabo de la policía municipal de Girona facilitó "información confidencial" sobre el funcionamiento del espacio Schengen e identificó a agentes del cuerpo local que iban vestidos de paisano.
Movilizaciones en la jornada de reflexión
Además de este asunto, el juez apunta a otras actuaciones de Tsunami que pudieron tener relevancia penal en los hechos que se investigan y que para el magistrado fueron de carácter terrorista.
Entre ellas, las movilizaciones de Tsunami durante la jornada de reflexión de las elecciones generales de 2019: una acampada en la Plaza Universidad de Barcelona y una concentración en Gran Vía de les Corts Catalanes, a la que asistieron 7.000 personas, ambas no comunicadas.
Sobre estos actos, la Fiscalía ya informó de que no se formularon denuncias ni atestado alguno por acto de relevancia penal, si bien el juez destaca que estos hechos deben investigarse en el marco de esta causa como terrorismo, basándose en lo establecido en el artículo 573 del Código Penal.
Según este artículo, son considerados terroristas los actos encaminados a subvertir el orden constitucional, desestabilizar económica y políticamente las instituciones del Estado, y a alterar gravemente el orden público mediante la movilización social masiva.
Para el juez una de las formas "más palmarias de desestabilizar gravemente el funcionamiento de las instituciones políticas del Estado consiste en tratar de interferir en el proceso electoral, especialmente en los casos de Elecciones Generales, convocadas para la elección de las cámaras en las que reside la Soberanía del pueblo español".
En este sentido apunta que existen "indicios que permiten inferir que hubo una intención manifiesta de afectar a un proceso tan transversal para el funcionamiento del Estado de Derecho, como son las elecciones".
En el informe elaborado por la Guardia Urbana de dicha concentración, el juez echa en falta documentación gráfica y detallada y observa que en una de las fotografías que publicaron los periódicos al día siguiente aparece el montaje de un escenario.
"Sin embargo, la Guardia Urbana no recoge información alguna sobre este extremo: A juicio de este instructor, resulta sorprendente, pues, si es esta la regla general en Barcelona, es de imaginar que cualquiera puede levantar un escenario en una de las vías más importantes del núcleo urbano, con la indiferencia de aquel cuerpo policial", subraya el juez.
Ante esa ausencia de información, el magistrado pide a la Guardia Civil que consulte a la Dirección General de Administración de Seguridad del Departamento de Interior si se comunicó por Tsunami Democràtic esta concentración.
Se dirige además a los Mossos para que informen sobre todos los registros que conserven sobre sus actuaciones ese día: "informes, denuncias, atestados, registros fotográficos o de vídeo, así como identificaciones. Todo lo que pueda servir para documentar lo que allí sucedió".
En este mismo auto, el juez reitera otras diligencias que solicitó en su momento y de las que aún no ha recibido respuesta, como las requeridas al Servicio de Emergencias Médicas (SEM) en relación al fallecimiento del ciudadano francés durante el bloqueo de El Prat,
"Transcurridos cerca de dos meses, aun no se ha recibido respuesta de este servicio, y ello a pesar de la rapidez con que este organismo vino a informar a diversos medios de comunicación sobre extremos relativos a esta investigación", lamenta García Castellón.