El Tribunal de Justicia de la UE dicta una sentencia que cambiará internet para siempre: "Con un algoritmo se controla la información"
Primero fue un tribunal alemán sobre Google y sus resúmenes IA: ahora una sentencia del TJUE avala la verificación de edad para menores en sitios web.
El Tribunal de Justicia de la UE ha dictado una sentencia este martes que está llamada a cambiar internet... al menos en la Eurozona. El Alto Tribunal comunitario, en pocas palabras, avala las acciones gubernamentales para forzar a que las plataformas tecnológicas (y en particular a las páginas pornográficas, que es por las que nace el caso) cuenten con sistemas eficientes para verificar la edad de los usuarios, evitando que los menores accedan a contenidos "perjudiciales".
La sentencia responde así a dos cuestiones prejudiciales cursadas por el Consejo de Estado francés. En Francia, los propietarios de las páginas pornográficas están obligadas a implantar mecanismos técnicos de verificación de edad que impida a los menores acceder a estos portales. Además, París contempla la prohibición de que apps de navegación por carretera incluyan avisos de otros conductores sobre la presencia de controles por parte de agentes de tráfico.
Ambos planteamientos fueron recurridos ante el Consejo de Estado francés. La primera, por las empresas WebGroup Czech Republic y NKL Associates, propietarias de populares páginas de pornografía en línea. En el segundo caso el recurso ante el órgano consultivo galo lo presentó Coyote System, una app que se reivindica como "un avisador de radares de tráfico legal". En ambos casos el Consejo de Estado de Francia elevó dichos recursos al TJUE, buscando respuestas en la jurisprudencia comunitaria. Respuesta que llegó hoy.
Un algoritmo les hace responsables
Lo que sostenían las empresas en sus recursos es que las medidas legislativas que está poniendo en marcha Francia para exigir a las páginas de pornografía un sistema eficaz para verificar la edad de los usuarios implicaba vulnerar el principio del "país de origen" que contempla la Directiva de comercio electrónico. Este principio implica que muchas páginas están sometidas únicamente a la legislación del Estado miembro de la UE en el que tienen sus oficinas principales.
El TJUE descarta ese planteamiento, y considera que las exigencias de Francia están avaladas por la regulación europea. Además, dichas páginas también abundaban en su recurso ante el Consejo de Estado que ellas únicamente son intermediarias de vídeos que alojan a los usuarios que los suben libremente. El meollo del asunto está aquí: el TJUE acaba de sentenciar que si hay un algoritmo de recomendación de por medio, eso implica que la web o plataforma en cuestión está haciendo un control de la información.
Algo parecido recurría la propietaria de la app avisadora de radares: al respecto, el TJUE concluye que un Estado miembro puede exigirle a prestadores de servicios digitales establecidos en otros países de la UE que implanten un sistema de verificación de edades o prohibir la retransmisión o ubicación de determinados controles de carretera siempre y cuando se solicite al país de la UE de origen que implemente él mismo medidas adecuadas y que la orden se traslade también a este país y a Bruselas.
La sentencia allana el camino para exigir a las plataformas sistemas de verificación de edades eficaces, algo que ya contemplaba el Reglamento de Servicios Digitales y que se ha convertido en un debate nuclear en muchos países de todo el planeta. Reino Unido fue el último país del globo en sumarse a la tendencia de vetar el acceso a redes sociales a los menores de 16 años, una máxima que también defiende el Gobierno de Pedro Sánchez en España.
También responsabiliza a las plataformas del contenido en cuanto hay un algoritmo de recomendación, una idea que ya sembró días atrás un tribunal alemán que dictaminó que Google era responsable de los contenidos que generaba su AI Overview en los resultados de búsqueda. Hasta ahora las grandes tecnológicas asumían que no debían ser responsables de los contenidos que alojaban porque ya lo eran los usuarios.
El Reglamento de Servicios Digitales trató de revertir esa idea sobre la que se ha construido el internet de las grandes plataformas los últimos lustros. Esta sentencia del TJUE es un nuevo clavo en el ataúd de ese axioma que tanto habían reivindicado multinacionales como Meta o Google.