Huelga en Madrid-Barajas y Valencia en Semana Santa: fechas, vuelos afectados y cómo reclamar

Huelga en Madrid-Barajas y Valencia en Semana Santa: fechas, vuelos afectados y cómo reclamar

En Madrid-Barajas, la huelga de trabajadores ocurre entre el miércoles 27 y el viernes 29 de marzo, de 7h a 12h. En Valencia afectará a vuelos desde el jueves 28 de marzo hasta el lunes 1 de abril, diariamente de 11h a 13h.

Mujer observando cuando saldrá su vuelo en el aeropuertoGetty Images

La Semana Santa podría volverse complicada para aquellos que planeen viajar desde o hacia los aeropuertos de Madrid y Valencia. Para exigir mejores condiciones laborales, los sindicatos y comités han organizado huelgas que podrían ocasionar la cancelación de hasta mil vuelos durante una semana de intenso tráfico aéreo.

Huelgas en Barajas y en Valencia: fechas, horas y vuelos potencialmente afectados

En Madrid-Barajas, el sindicato UGT ha llamado a una huelga de los trabajadores del Servicio de Dirección de Plataforma (SDP) para el miércoles 27 y el viernes 29 de marzo, de 7h a 12h. En Valencia Manises, por su parte, la acción afectará desde el jueves 28 de marzo hasta el lunes 1 de abril, diariamente de 11h a 13h, convocada por el comité de empresa, quienes se reunirán frente al edificio Terminal 1 de Manises.

Por el momento, no se ha emitido confirmación oficial respecto a los vuelos que podrían sufrir alteraciones durante estos días de protesta laboral. Sin embargo, de acuerdo con la información disponible en el portal web de Aena, se sugiere que la huelga podría incidir en los servicios de vuelo de determinadas compañías aéreas y rutas específicas.

  • Ryanair: Roma, Milán, Bolonia, Breslavia y Sofía
  • United: Frankfurt
  • Lufthansa: Frankfurt, Múnich
  • Delta: París Charles de Gaulle
  • Air France: París Charles de Gaulle
  • Air Europa: Palma de Mallorca
  • Easyjet: Londres
  • British Airways: Londres
  • Turkish Airlines: Estambul
  • Swiss: Zúrich
  • Volotea: A Coruña
  • Eurowings: Stuttgart

Desde UGT informan que han intentado comunicarse con el Ministerio de Transportes en los últimos días, pero "no han recibido respuesta". Como resultado, no se han establecido servicios mínimos, lo que podría afectar a numerosos pasajeros si se cancelan alrededor de mil vuelos. ¿Cuáles son las opciones para los viajeros? Te lo explicamos.

Cómo reclamar un vuelo cancelado o retrasado por las huelgas

Según una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 2018, es posible reclamar indemnización por retrasos y cancelaciones de vuelos debido a huelgas del personal de la aerolínea, ya que no se considera una "circunstancia extraordinaria" que exima a la compañía de compensar a los clientes.

Para que un pasajero afectado reciba indemnización, debe llegar a su destino final tres o más horas después de la hora de llegada inicialmente prevista por la aerolínea. El Reglamento (CE) 261/2004 establece tres niveles de indemnización según la distancia del vuelo:

  • Vuelos de hasta 1.500 km: 250€
  • Vuelos entre 1.500 km y 3.000 km: 400€
  • Vuelos de más de 3.000 km: 600€

Sin embargo, hay excepciones. Si la aerolínea puede demostrar que el retraso se debió a una causa extraordinaria y que hizo todo lo posible por evitarlo, como inestabilidad política en el país de origen o destino del vuelo, condiciones meteorológicas adversas, riesgos para la seguridad, fallas inesperadas en la seguridad del vuelo o huelgas que afecten las operaciones de la aerolínea.

En resumen, las huelgas planeadas en los aeropuertos de Madrid y Valencia durante la Semana Santa serían una excepción y no darían derecho a compensación económica, a diferencia de lo que ocurrió con las huelgas del verano pasado convocadas por Air Nostrum, Air Europa y Ryanair, que no se consideraron causas extraordinarias y, por lo tanto, sí dieron derecho a indemnización.

Según FACUA, los pasajeros tienen derecho a un vuelo alternativo, independientemente de la razón de la huelga, y si lo rechazan, pueden solicitar el reembolso completo del billete. Además, la compañía debe cubrir los gastos adicionales ocasionados por la interrupción del vuelo, como comida, alojamiento o pérdida de equipaje, de acuerdo con la normativa europea.