Una madre acude a los tribunales por sus cinco suspensos y notas disciplinarias de su hija, pero la Justicia tiene otra visión del asunto
Los jueces creen que la familia no siguió las recomendaciones del centro educativo.
Pese a intensa lucha de su familia, una niña de sexto grado de un colegio de Venecia (Italia) que padece misofonía, un trastorno que provoca una fuerte aversión a los ruidos, deberá repetir el año escolar, tal y como ha dictaminado el Tribunal Administrativo Regional (TAR), que ha rechazado la apelación presentada por su madre.
Los informes del centro, informa Corriere del Veneto, esbozan un panorama académico y disciplinario complejo: calificaciones bajas en cinco asignaturas (5 en geografía, 5 en matemáticas, 5 en ciencias, 4 en tecnología y 4 en arte), aunque ha aprobado las siete restantes, 10 notas disciplinarias, 13 advertencias y dos suspensiones.
Según los profesores, la estudiante "mostró una oposición constante a las normas de convivencia y adoptó actitudes agresivas y despectivas hacia sus compañeros". Estas conductas, sumadas a reiteradas ausencias y retrasos, dificultaron gravemente su integración escolar, afirma la institución.
La familia, alegaba que el centro educativo no evaluó adecuadamente las necesidades especiales de la alumna. "Debería haber recibido más atención", denuncia la madre, quien sostiene que su hija fue víctima de acoso escolar y que la institución no adaptó un plan educativo personalizado pese al diagnóstico emitido por un psicólogo. Sin embargo, el TAR ha concluido que la escuela actuó correctamente y que, ante los antecedentes acumulados, la repetición del curso es la decisión más adecuada.
El TAR argumenta que la familia no siguió las recomendaciones del centro educativo
La madre presentó una primera apelación en julio, tras conocer el resultado académico. El TAR concedió entonces una suspensión temporal para revisar el caso, solicitando más información a la escuela. En su respuesta, el centro argumentó que, aunque los problemas de la menor fueron visibles, "no fueron comunicados con claridad ni prontitud por la familia", lo que impidió implementar apoyos adecuados a tiempo.
En septiembre, tras una segunda apelación de la madre, el TAR reafirmó su decisión. Según el tribunal, corresponde a los centros escolares valorar si un alumno requiere un plan de necesidades educativas especiales.
Por su parte, subraya que es responsabilidad de los padres colaborar con el colegio en el seguimiento de las dificultades académicas y emocionales. "La familia nunca siguió la sugerencia de contactar con el psicólogo escolar, sino que solo consultó con un especialista el 30 de junio, al finalizar el curso escolar", remarcaron los jueces. De esta forma, salvo que la familia apele ahora ante el Consejo de Estado, la niña tendrá que repetir el curso.
En un fallo que se suma a otra reciente sentencia sobre un caso similar en Treviso, el TAR reitera que "juzgar no es castigar, sino permitir el crecimiento", reforzando así la autonomía de los centros educativos en la toma de decisiones sobre el progreso académico.