Una mujer cobra 21.766,82 euros de pensión de orfandad durante 4 años, la Seguridad Social pide que los devuelva: el Tribunal Supremo da la razón a la mujer y la exime de pagar
La Sala de lo Social defiende que la beneficiaria actuó en todo momento de buena fe.

Durante años, miles de familias en España han encontrado en las pensiones de orfandad y viudedad un salvavidas económico tras la pérdida de un ser querido. Pero cuando la burocracia falla y la Administración tarda años en detectar un error, las consecuencias pueden convertirse en una auténtica pesadilla. En muchos casos, los afectados descubren de golpe reclamaciones de miles de euros que abren toda una batalla legal.
Eso es precisamente lo que le ocurrió a una mujer a la que la Seguridad Social reclamó más de 21.000 euros por unas prestaciones que llevaba cobrando desde hacía cuatro años. El organismo detectó que estaba percibiendo al mismo tiempo una pensión de orfandad y otra de viudedad incompatibles entre sí y le exigió la devolución íntegra de 21.766,82 euros. Sin embargo, ahora el Tribunal Supremo ha dado la razón a la afectada al considerar que el error fue de la propia Administración y que ella actuó en todo momento de buena fe.
Según recoge Diario de Sevilla, la afectada venía recibiendo la pensión de orfandad desde 2009, mientras que la Seguridad Social reconoció después, en 2010, otra pensión de viudedad vinculada al mismo causante. El INSS detectó la incompatibilidad en 2016 y reclamó la devolución íntegra de lo cobrado entre marzo de 2012 y febrero de 2016, pero el Supremo ha acabado respaldando la tesis de que la Administración tenía ya todos los datos para regularizar la prestación mucho antes.
A favor de la afectada
La sentencia, identificada en el CENDOJ como la STS 4036/2023, de 5 de octubre de 2023, también deja claro que la mujer no incurrió en una conducta fraudulenta ni ocultó información relevante. En ese contexto, la Sala de lo Social ha rechazado la pretensión del INSS de recuperar la totalidad de la deuda ya que considera que el cobro indebido se debió a un error administrativo y que la beneficiaria actuó de buena fe.
Por ello, la mujer solo tendrá que reintegrar las cantidades correspondientes a los tres meses anteriores a la detección del fallo, una cifra muy inferior a los más de 21.000 euros que inicialmente reclamaba la Seguridad Social. Con esta decisión, el Supremo refuerza el criterio de que la Administración no puede trasladar al ciudadano las consecuencias de sus propios errores cuando este ha actuado con total transparencia y sin intención de engañar.
En definitiva, se trata de una resolución que devuelve algo de tranquilidad a muchas personas que dependen de una pensión para salir adelante y que, en la mayoría de ocasiones, simplemente confían en que todo lo que reciben está correctamente gestionado. En esta ocasión, el desenlace judicial evita que una beneficiaria tenga que afrontar una devolución muy superior a la que finalmente queda fijada por los tribunales.
