Ayuda de 200 euros: plazos y cómo saber si te la han concedido

Ayuda de 200 euros: plazos y cómo saber si te la han concedido

El cheque estará gestionado por la Agencia Tributaria, por lo que habrá que dirigirse a su sede electrónica para realizar la solicitud.

Billetes y monedas de euroGetty Images

El próximo miércoles 15 de febrero se inicia el plazo para solicitar el cheque de 200 euros aprobado por el Gobierno para facilitar la adquisición de alimentos a las familias de clase media en el actual contexto de inflación.

Desde ese momento, tendrás hasta el día 31 de marzo para realizar la solicitud. La misma debe efectuarse a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria, ya que es el organismo encargado de gestionar la concesión de la ayuda, tal y como recoge el Real Decreto-ley 20/2022 por el que se legisla la medida.

Una vez cerrado el plazo, los datos aportados a Hacienda serán cruzados con los de otras administraciones públicas para adoptar una decisión acerca de si la solicitud es aceptada o no.

Cabe resaltar que las peticiones serán resueltas por orden de entrada, por lo que si la solicitud se envía en una fecha cercana a finales de marzo, la respuesta de la Agencia Tributaria podría demorarse.

En cuanto a cómo saber si el cheque de 200 euros ha sido concedido, el proceso es sencillo. La Agencia Tributaria notificará a los solicitantes si se acepta o no la petición de concesión de la ayuda. En el supuesto de que la respuesta sea negativa, se abrirá un plazo de diez días para formular alegaciones.

Los requisitos para recibir la ayuda de 200 euros

Respecto a las condiciones para recibir la ayuda de 200 euros, el Gobierno precisa en un comunicado que el cheque está dirigido “a los asalariados, autónomos o desempleados inscritos en las oficinas de empleo que no reciban otras prestaciones de carácter social, como es el caso de las pensiones o el Ingreso Mínimo Vital”.

Además, también se deben cumplir ciertos requisitos económicos. Por hogar, se necesita haber percibido ingresos íntegros inferiores a 27.000 euros anuales y tener un patrimonio inferior a 75.000 euros para poder ser beneficiario de la ayuda. No obstante, la vivienda habitual se encuentra excluida del cálculo del patrimonio.

Para realizar el cálculo de esas cifras se tiene en cuenta la suma de los familiares que convivan en el mismo domicilio, es decir, el solicitante, su cónyuge o pareja de hecho, descendientes y ascendientes hasta segundo grado.

La Agencia Tributaria puede embargar el cheque

Por otro lado, cabe recordar que, al estar gestionada la ayuda por la Agencia Tributaria, entra en juego el artículo 169 de la Ley General Tributaria. El mismo señala que “con respeto siempre al principio de proporcionalidad, se procederá al embargo de los bienes y derechos del obligado tributario en cuantía suficiente” para cubrir las deudas existentes con la Administración Pública.

De esta forma, si se han agotado los tiempos de liquidación de una deuda con Hacienda, la Seguridad Social u otra administración pública; la Agencia Tributaria estará autorizada para retener el cheque de 200 euros y utilizar la citada cantidad para satisfacer la deuda que se haya contraído.

Lo mismo ocurrirá en otros supuestos, como las deudas que se hayan generado por multas de tráfico o sentencias judiciales.