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Cómo lograr que te devuelvan el dinero del dentista y las gafas en la Renta

Cómo lograr que te devuelvan el dinero del dentista y las gafas en la Renta

En zonas como la Comunidad Valenciana, la Agencia Tributaria ha establecido varias novedades dirigidas a promover la salud y el bienestar.

Imagen de archivo de una mujer sosteniendo unas gafas en su mano en una óptica.Getty Images

El 2 de abril comienza el periodo para presentar la Declaración de la Renta y, con ello, la posibilidad de aplicar diversas deducciones y beneficios fiscales. En algunas regiones de España, como la Comunidad Valenciana, se han establecido varias novedades dirigidas a promover la salud y el bienestar, según la Agencia Tributaria. 

Así, los resdientes de esta zona podrán aplicar deducciones por gastos en salud en los siguientes casos:

  • Tratamiento y cuidado de enfermedades raras y crónicas de alta complejidad. Hasta 100 euros, ampliable a 150 euros para familias numerosas.
  • Cuidado de personas con daño cerebral adquirido o alzhéimer. Hasta 100 euros, con un límite de 150 euros para familias numerosas.
  • Tratamientos bucodentales no estéticos. Se podrá desgravar el 30% de los gastos, con un límite máximo de 150 euros.
  • Atención a personas con patologías de salud mental. Se podrá desgravar el 30% de los gastos, con un límite de 150 euros.
  • Adquisición de cristales graduados, lentes de contacto y soluciones de limpieza. Se podrá desgravar el 30% de los gastos, con un máximo de 100 euros.

Estos conceptos son compatibles entre sí y se pueden aplicar por contribuyente, extendiéndose a gastos del cónyuge o familiares directos con derecho a mínimos familiares.

Por el contrario, en la Comunidad de Madrid no existen deducciones específicas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por gastos médicos o sanitarios, como tratamientos dentales, adquisición de gafas o gastos similares. 

No obstante, sí ofrece otras deducciones autonómicas: por cuidado de ascendientes, por acogimiento no remunerado de mayores y/o personas con discapacidad, por gastos educativos y por arrendamiento de vivienda habitual.

Requisitos para aplicar las deducciones

Para poder acceder a los beneficios fiscales anteriormente mencionados, es necesario cumplir ciertos requisitos:

  • La suma de la base liquidable general y del ahorro no debe superar los 32.000 euros en declaración individual o 48.000 euros en declaración conjunta.
  • Para obtener el importe íntegro de la deducción, la base liquidable general y del ahorro debe ser inferior a 29.000 euros (individual) o 45.000 euros (conjunta). Si se encuentra en rangos superiores, la deducción se ajustará progresivamente.
  • Los servicios deben haber sido prestados por profesionales o centros sanitarios registrados oficialmente.
  • Se debe presentar factura y justificante de pago.
  • La administración tributaria puede solicitar un informe médico que clasifique el gasto dentro de las categorías deducibles.
  • Si dos contribuyentes declaran la misma deducción por un familiar, el importe se prorrateará entre ellos.