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Las pruebas ginecológicas ilegales a las que sometía Julio Iglesias a sus empleadas: esto dice la normativa de Punta Cana

Las pruebas ginecológicas ilegales a las que sometía Julio Iglesias a sus empleadas: esto dice la normativa de Punta Cana

'Eldiario.es' ha tenido acceso tanto a esta documentación como a las conversaciones de WhatsApp en las que se puede ver cómo las obligaban a someterse a pruebas de ETS, de embarazo o revisiones ginecológicas.

Julio Iglesias en una imagen de 1988.
Julio Iglesias en una imagen de 1988.Getty Images

El caso de agresiones sexuales por parte de Julio Iglesias a varias exempleadas de sus mansiones en Bahamas y Punta Cana que se ha recogido en un reportaje publicado por Eldiario.es y Univisión ha llegado también a la Fiscalía por una denuncia presentada el pasado 5 de enero por varias mujeres a través de la organización Women’s Link Worldwide.

Estas dos mujeres, cuyas declaraciones han recogido los citados medios, han denunciado continuadas agresiones sexuales, acoso y vejaciones por parte del artista, además de una vigilancia y control continuo que pasaba por mirarles sus teléfonos móviles, controlar las comidas y realizarles pruebas de ETS y revisiones ginecológicas.

"Él nos mandó a las chicas al ginecólogo y hacernos examen general. Había 10 o 12 chicas. Allí nos hicieron todo, el ginecólogo nos chequeó todo. Solo a las chicas", ha explicado una de ellas a Eldiario.es

Otra exempleada ha corroborado los testimonios de las otras dos trabajadoras Iglesias en referencia a estas revisiones médicas. "Ellos nos mandaron al médico, a todas. Me hicieron pruebas de enfermedades de transmisión sexual. Nos hicieron ecografías y pruebas de sangre para ver si teníamos algún tipo de enfermedad. No me pareció normal", ha detallado esta tercera trabajadora.

Los resultados de las pruebas, enviados obligatoriamente a una superior y conocidos por Iglesias 

Las tres han detallado cómo a todas ellas las acompañaba su superior, la gobernanta encargada de la contratación y coordinación de las empleadas, y que los resultados de estas pruebas, que incluían desde ecografías, citologías o analíticas, eran transmitidos tanto a esta superior como al propio Iglesias.

Eldiario.es ha podido acceder a la documentación que ha demostrado que, a lo largo de 2021, hasta cinco mujeres se sometieron a revisiones ginecológicas durante el mes de junio en el centro Hospiten Bávaro, cercano a la mansión de Punta Cana de Iglesias.

El citado medio ha podido acceder a varios mensajes en los que la superior de estas exempleadas les pedía directamente los resultados de estos exámenes. "Girls. Mándame por favor todos los análisis, vamos a ver qué exactamente pasa", les escribía la encargada que pedía el informe físico de estas pruebas que incluían desde una prueba de embarazo, a prueba de VIH o de enfermedades de transmisión sexual.

"No dijeron exactamente la palabra obligatoria, pero si estábamos trabajando allí… Nadie dijo que no [...] Eso era todo así en la casa", recuerda una de las extrabajadoras víctima de este tipo de abusos, quien recuerda que todas fueron revisadas por el mismo médico y que ninguna pagó por los resultados.

Qué dice la legislación de los trabajadores de República Dominicana

Tal y como recuerda Eldiario.es, estas pruebas son ilegales ya que solo se permite un reconocimiento médico y pruebas relacionadas con la actividad a desarrollar. Además, la normativa laboral local sanciona concretamente las pruebas de VIH y embarazo.

De hecho, esto lo podemos encontrar en dos leyes concretas vigentes en la normativa laboral dominicana que cercioran que las supuestas prácticas llevadas a cabo por Iglesias eran ilegales, tanto en lo referente al embarazo como al VIH:

  • En el Art. 6 del Cap. III de la Ley del Sida de la República Dominicana establece que "toda persona con el VIH o con SIDA tiene derecho al trabajo; en consecuencia, queda prohibida toda discriminación laboral por parte del empleador, físico o moral, público o privado, nacional o extranjero". Asimismo, recuerda que este "no puede, por sí mismo ni mediante otra persona, solicitar pruebas para la detección del VIH o de sus anticuerpos, como condición para obtener un puesto laboral, conservarlo u obtener un ascenso". Esta ley también establece sanciones de entre "25 a 50 salarios mínimos" (entre unos 8.490 y 16.980 euros) para los empleadores que lleven a cabo estas pruebas.
  • El convenio 183 de la Organización Internacional del Trabajo ratificado en República Dominicana y aprobado en el año 2000 con el fin de acabar con la "discriminación por maternidad en el empleo" establece en su Art.9: "La prohibición de que se exija a una mujer que solicita un empleo que se someta a un examen para comprobar si está o no embarazada o bien que presente un certificado de dicho examen". Únicamente recoge dos excepciones a esta norma, que serían aquellos trabajos que "estén prohibidos total o parcialmente para las mujeres embarazadas o lactantes" o aquellos que "puedan presentar un riesgo reconocido o significativo para la salud de la mujer y del hijo". Ninguno de ellos se corresponde con el caso de Iglesias.
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Redactora de Life en El HuffPost. Graduada en Periodismo por la Universidad de Málaga (UMA) y Máster en Periodismo Cultural por la Universidad CEU San Pablo, ha colaborado con diversas webs culturales y ha trabajado como coordinadora de proyecto en la VII Bienal de Arte Contemporáneo de Fundación ONCE. Desde 2017, en la sección de Life (antes Tendencias) de El HuffPost escribe sobre música, cultura y entretenimiento, pero también sobre feminismo y sobre el colectivo LGTBIQ+.

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