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Confirmado por el Supremo: no hay delito por omisión de socorro si la víctima fallece justo después de un atropello

Confirmado por el Supremo: no hay delito por omisión de socorro si la víctima fallece justo después de un atropello

Marca jurisprudencia.

Side view of an unrecognizable young woman lying on the ground at a crosswalk after being hit by a car. Concept of hit-and-run and traffic accidents in the city.
Recreación de un atropello.Getty Images

Si una persona, aunque circule bajo los efectos del alcohol, atropella a otra y esta fallece de manera inmediata, no existe un delito de omisión del deber de socorro. Al menos es la doctrina que ha sentado el Tribunal Supremo en una sentencia del pasado 2023, según se recoge en Noticias Jurídicas.

En el caso concreto que analizaba la sentencia, el conductor involucrado había atropellado a otra persona mientras llevaba el coche bajo los efectos del alcohol. Tras el impacto, no se detuvo a comprobar el estado de la víctima ni a prestar auxilio. 

Pese a todo, el Supremo tiene en cuenta los informes forenses, que establecieron que el peatón había sufrido traumatismos de extrema gravedad en órganos vitales que provocaron su muerte casi instantánea, por lo que poca opción había de socorro.

Aunque pueda parecer extraño, el Supremo basa su decisión en el Código Penal. En su artículo 195, establece que el delito de omisión de socorro exige que exista una situación de desamparo y peligo real, una situación en la que la víctima pueda recibir ayuda. Cuando esta muere de manera inmediata, no existe esa posibilidad.

Según los magistrados, no tendría sentido jurídico ni penal imponer una obligación de socorro al conductor ya que, aunque este la hubiera llevado a cabo, no habría servido de nada, no habría podido hacer nada para que la víctima sobreviviera al fatal accidente.

Gracias a esta sentencia, en estos momentos el delito de omisión de socorro puede aplicarse de manera más matizada, quedando claro que no es lo mismo cuando una víctima permanece con vida, aunque esta esté en peligro, a cuando una victima fallezca casi en el acto.

El conductor había sido condenado por la Audiencia Provincial pero decidió recurrir en casación al Supremo, que finalmente decidió absolverlo de este último delito, pero no de todos los demás.