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Despiden a una profesora de la escuela pública en Grecia por ser anfitriona de Airbnb

Despiden a una profesora de la escuela pública en Grecia por ser anfitriona de Airbnb

Estaba cubriendo una sustitución. 

Una profesora, en una imagen de archivo.
Una profesora, en una imagen de archivo.Marc Romanelli/Blend Images

Una profesora de la escuela pública en Grecia fue despedida recientemente de su puesto tras descubrirse que gestionaba un alojamiento turístico a través de la plataforma Airbnb. El caso, que ha generado debate en el ámbito educativo y administrativo del país, se produjo durante el proceso de incorporación de la docente a su puesto como profesora sustituta para el curso escolar 2025-2026.

Según informó la jefa de la Dirección General de Personal Educativo de Educación Primaria y Secundaria del Ministerio de Educación, la contratación fue revocada de manera inmediata al constatarse que la profesora estaba involucrada en actividades comerciales, algo expresamente prohibido por la legislación vigente para los empleados públicos de Grecia.

El descubrimiento

La docente, perteneciente a la rama PE70, es decir, era maestra de Educación Primaria. Perdió su plaza en un colegio público cuando, durante el procedimiento administrativo de toma de servicio, se reveló que gestionaba activamente viviendas amuebladas para uso turístico, un modelo de negocio asociado a plataformas como Airbnb. Esta actividad fue considerada incompatible con su condición de empleada pública, incluso tratándose de un contrato de sustitución y duración determinada.

Según ha recogido el medio griego Ethnos, en el documento oficial emitido por el Ministerio se señala textualmente: “A partir de los datos del expediente administrativo, se establece, al asumir el servicio, el ejercicio del comercio por parte del profesor mencionado, lo cual está expresamente prohibido por las disposiciones del artículo 31, párrafo 3 del actual Código de la Función Pública (Ley 3528/2007)”.

En qué se basó el Ministerio de Educación

El Ministerio de Educación fundamentó su decisión en las estrictas disposiciones del Código de la Función Pública, así como en interpretaciones jurídicas previas del Consejo Jurídico del Estado y del Consejo de Estado. En concreto, el artículo 31, párrafo 3 de la Ley 3528/2007 establece de forma clara que los empleados públicos no pueden ejercer actividades comerciales.

Para la administración, la gestión de un Airbnb no es una actividad pasiva de alquiler, sino una práctica que implica promoción, atención a clientes, limpieza, mantenimiento y, en general, acciones propias del marketing y la explotación comercial.

La interpretación jurídica

El Consejo Legal del Estado (N.S.K.) ha sido explícito al respecto. En una opinión citada por el Ministerio, se indica que: “La explotación de residencias amuebladas por turistas, en las que se presta cuidado, como limpiar habitaciones, proporcionar y cambiar ropa de cama, etc., es, independientemente del uso o no del personal, un acto comercial”.

Esta interpretación considera que, cuando dicha actividad se ejerce de forma habitual, otorga a la persona que la realiza un estatus comercial, lo que entra en conflicto directo con el Código de Funcionarios Públicos.

EL HUFFPOST PARA EL INSTITUTO PULEVA DE LA NUTRICIÓN

Un punto clave del caso es que la profesora no era funcionaria permanente, sino sustituta. Sin embargo, el Consejo de Estado ha establecido en decisiones anteriores que las restricciones del Código de la Función Pública no se limitan a los empleados fijos, sino que también se aplican a quienes trabajan bajo una relación laboral privada de duración determinada en el sector público.

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Redactora en El HuffPost España, donde aborda actualidad y estilo de vida. Graduada en Periodismo por la Universidad CEU San Pablo, inició su carrera como becaria en este mismo medio, que ha sido su verdadera escuela. Madrileña con raíces manchegas, escribe sobre una amplia variedad de temas como: sociedad, cultura, viajes, salud y consumo. Siempre con el objetivo de informar, orientar y despertar la curiosidad del lector.

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