El futuro de Álvaro García Ortiz tras la sentencia: incidente de nulidad, recurso de amparo al Constitucional, Estrasburgo... ¿e indulto?
El Gobierno activará el proceso para sustituirle como fiscal general del Estado tras su condena por inhabilitación, pero a él le queda por delante una batalla judicial para revocar la sentencia.
El Tribunal Supremo ha condenado este jueves al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortíz, por un delito de revelación de secretos. Tendrá que abonar una multa de 7.200 euros, otros 10.000 euros a modo de indemnización al novio de Ayuso, Alberto González Amador, por daños morales, pagar las costas procesales - incluyendo las de la acusación particular - y lo más importante de todo: una inhabilitación especial para el cargo de Fiscal General del Estado durante dos años.
¿Y ahora, qué? Lo primero que hay que señalar es que la sentencia, pendiente todavía de redacción, surtirá efectos a partir de su notificación en legal forma. Es decir, que todavía no tiene consecuencias inmediatas. Sin embargo, el Gobierno ya ha señalado que "respeta, aunque no comparte" la condena al fiscal general y que pondrá en marcha dentro de unos días el mecanismo para elegir a su relevo.
Mientras, García Ortiz seguirá enredado en la maraña judicial para intentar revocar la sentencia. Cabe recordar que las sentencias dictadas por el Tribunal Supremo son firmes, puesto que contra las mismas no cabe recurso alguno en sede judicial. Sólo podrá presentar un incidente de nulidad, que es un procedimiento excepcional para impugnar resoluciones judiciales en firme y que rara vez fructifica.
Una vez se resuelva el incidente de nulidad, García Ortiz ya podrá acudir al Tribunal Constitucional interponiendo recurso de amparo. Este mecanismo es una de las principales competencias atribuidas por la Constitución al Tribunal Constitucional, siendo el objeto de este proceso la protección frente a las vulneraciones de los derechos y libertades.
Toda persona natural o jurídica que invoque un interés legítimo, así como el Defensor del Pueblo y el Ministerio Fiscal están legitimados para interponer un recurso de amparo y ha de hacerlo en los treinta días posteriores a la sentencia.
No sería la primera vez que el Constitucional tumba una sentencia del Supremo. Hace unos meses, ya anuló las condenas ratificadas por el Alto Tribunal por el fraude millonario de los ERE, entre otras las de los expresidentes socialistas de Andalucía José Antonio Griñán y Manuel Chaves.
A García Ortiz también le quedaría la puerta del indulto, apoyada sobre todo en los dos votos discrepantes que contiene la sentencia. Un Gobierno concede un indulto a través de un proceso que se inicia con una solicitud al Ministerio de Justicia. El ministerio tramita la solicitud, recopilando informes del tribunal sentenciador, la fiscalía y el centro penitenciario, si es necesario. Luego, el Consejo de Ministros toma la decisión final y, si se aprueba, se publica en el Boletín Oficial del Estado.
Por último, García Ortiz puede apostar por la carta de la Justicia europea. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo, es un tribunal internacional que actúa no sólo a instancia de los Estados parte del Convenio, sino, singularmente, en virtud de las demandas que pueden presentar los particulares, ya sean ciudadanos o personas bajo la jurisdicción de un Estado parte. Corresponde al Tribunal, en virtud de las demandas individuales interpuestas ante el mismo, verificar si las autoridades españolas han respetado o tutelado adecuadamente los derechos y libertades reconocidos en el Convenio. Para ello es preciso que el demandante haya agotado los recursos jurisdiccionales existentes en España para la tutela de tales derechos y libertades, aunque no necesita esperar a lo que decida el Constitucional para explorar esta vía.