Por favor, habilita JavaScript para ver los comentarios de Disqus.
El TSJM suspende cautelarmente las multas a Ryanair y Norwegian por cobrar el equipaje de mano pero les impone avales de casi 112 millones

El TSJM suspende cautelarmente las multas a Ryanair y Norwegian por cobrar el equipaje de mano pero les impone avales de casi 112 millones

Condiciona dicha suspensión a la aportación de un aval de 110 millones para Ryanair y de 1,8 millones para Norwegian.

Boeing 737-800 de Ryanair en el aeropuerto de Santander, España.Getty Images

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha suspendido cautelarmente las sanciones impuestas por el Ministerio de Consumo a las aerolíneas Ryanair y Norwegian por el cobro de equipaje de mano, que suman 109 millones de euros, pero les ha impuesto avales de casi 112 millones. Contra esta decisión se puede presentar un recurso de reposición en un plazo de cinco días.

En un auto fechado el pasado 19 de junio al que ha tenido acceso EFE, la sala de lo contencioso accede a las medidas cautelares solicitadas por las aerolíneas, pero condiciona dicha suspensión a la aportación de un aval de 110 millones para Ryanair y de 1,8 millones para Norwegian.

Además de por cobrar el equipaje de mano, Consumo sancionó a estas dos aerolíneas -y también a Vueling, Easyjet y Volotea- por cobrar la reserva de asientos contiguos para acompañar a personas dependientes o a menores y por no permitir el pago de estos sobrecostes en metálico, así como por exigir un pago por la impresión de la tarjeta de embarque en el aeropuerto.

En conjunto, la multa, que se refería también a omisiones de información y por la falta de claridad en los precios publicados en su web y en la de terceros, ascendía a 179 millones de euros. La sanción más elevada le correspondió a Ryanair con 107,8 millones; seguido de Vueling, con 39,3 millones; Easyjet, con 29,1 millones; Norwegian, con 1,6 millones; y Volotea, con 1,2 millones.

La Sala ha accedido a la suspensión cautelar de la sanción ministerial por la "imposibilidad, en este momento procesal, de prejuzgar el fondo del asunto", y porque "resulta evidente que la suma exigida es, ciertamente, muy elevada, y su pago anticipado provocaría un desfase y dificultades a la tesorería" de las compañías.

En el momento de imponer la sanción, Consumo explicó que, para garantizar la proporcionalidad y efectividad de las sanciones impuestas, así como su efecto disuasorio, el cálculo de las sanciones se realizó mediante el criterio del beneficio ilícito obtenido, es decir, calculando la multa con base en los beneficios obtenidos por las compañías aéreas por las prácticas infractoras.

Tal y como establece el régimen sancionador de Consumo para las prácticas calificadas como muy graves, las sanciones que se impongan podrían alcanzar hasta entre seis y ocho veces el beneficio ilícito obtenido cuando este supere las cantidades de las multas estipuladas (entre 100.001 y 1.000.000 de euros).

Reacciones del Gobierno y las aerolíneas

Pablo Bustinduy, ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, ha señalado que la decisión del TSJM "es algo normal y previsible en un Estado de derecho". Asimismo, aunque, reconoce que las compañías "continuarán con sus prácticas hasta que la justicia resuelva", recuerda que "cobrar por el equipaje de mano es ilegal, como ha ratificado el Parlamento Europeo"

El TSJM ha aceptado las cautelares solicitadas por las aerolíneas tras la sanción de Consumo. Continuarán con sus prácticas hasta que la justicia resuelva. Es algo normal y previsible en un Estado de derecho. Cobrar por el equipaje de mano es ilegal, como ha ratificado el Parlamento Europeo.

— Pablo Bustinduy (@pbustinduy.bsky.social) 26 de junio de 2025, 14:25

Por su parte, la Asociación de Líneas Aéreas (ALA) defiende esta suspensión cautelar de las sanciones "reconoce la legalidad" de la política de equipaje de las compañías y avala que sigan cobrando por estos servicios.

Aunque la suspensión de las multas no es definitiva, ALA considera que este pronunciamiento permite que las aerolíneas sigan cobrando por el equipaje de cabina y reconoce la legalidad de la política de maletas, que permite el acceso a una tarifa básica a más de 50 millones de pasajeros cada año, alrededor del 40% de los que compran la tarifa básica.

La asociación asegura que el Consejo de la Unión Europea (UE) ha aclarado recientemente que las aerolíneas pueden cobrar por llevar la maleta en la cabina y recuerda que la Comisión Europea (CE) abrió un procedimiento a España por posibles irregularidades en la sanción de Consumo planteando dudas sobre su legalidad y un posible conflicto con el Tratado de la UE.

Según ALA, las sanciones anunciadas por Consumo a finales de 2024 hubieran dejado a España como el único país de la UE en prohibir la libertad tarifaria amparada por el Reglamento 1008/2008, vulnerando así la legislación europea y socavando la libertad de mercado.

La prohibición de esta práctica "totalmente legal", añade, supone un agravio comparativo respecto a los países del entorno, donde no está vetada, y "perjudicaría gravemente y de forma irreversible" a muchos pasajeros.

¡Mantente al día con El Huffpost! Sigue todas las noticias desde tu móvil en nuestra APP. Puedes descargarla tanto para Android como iOS.