Obligan a un jubilado de 66 años a devolver 29.000 euros por servir cerveza durante 4 días por 180 euros: "Solo para echar una mano"
"Solo para echar una mano"

La historia de un hombre de 66 años en la región italiana de Udine ha reabierto un intenso debate sobre las limitaciones del sistema de jubilación anticipada Cuota 100, una medida que permitió a miles de trabajadores italianos retirarse antes de los 67 años, siempre que cumplieran dos requisitos: tener al menos 62 años y haber cotizado 38. Este mecanismo, vigente entre 2019 y 2021, pretendía fomentar el relevo generacional en el empleo y aliviar el mercado laboral.
Sin embargo, las condiciones eran estrictas. Una vez jubilados, los beneficiarios no podían realizar ningún trabajo remunerado, salvo actividades autónomas ocasionales con ingresos inferiores a 5.000 euros anuales. Y precisamente esta limitación ha llevado al protagonista de esta historia a enfrentarse a una sanción que muchos califican de desproporcionada.
El hombre, extrabajador de una cervecería, decidió colaborar durante cuatro días en el Rally Nacional Alpino de su localidad, donde sirvió bebidas a los asistentes. Recibió 180 euros netos como compensación simbólica. “Solo quería echar una mano”, declaró después, asegurando que su intención no era lucrarse, sino ayudar a los organizadores. Según su testimonio, incluso acudió antes al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INPS) para asegurarse de que su participación no infringía ninguna norma.
No obstante, el INPS determinó que aquella colaboración, aunque breve, constituía una actividad laboral remunerada y, por tanto, vulneraba las condiciones de la Cuota 100. La consecuencia: devolver 29.000 euros, el equivalente a un año completo de pensión.
El caso llegó al Tribunal del Trabajo, que confirmó la sanción y dio la razón al organismo público. La jueza consideró que el contrato, aunque fuera simbólico, implicaba una relación laboral. La responsable de la Oficina de Relaciones Públicas del INPS en Udine, Anna Pontassuglia, defendió la decisión al afirmar que “el instituto debe aplicar estrictamente la normativa”, recordando que la Cuota 100 prohíbe compatibilizar pensión y empleo salvo en los casos expresamente autorizados.
Pese a la resolución, el jubilado logró negociar una rebaja en la devolución: pagará 430 euros al mes en lugar de los 650 previstos inicialmente, lo que alargará el proceso a cinco años. Su abogado estudia recurrir el fallo, citando precedentes similares en los que los tribunales adoptaron una postura más flexible.
