Un catedrático emérito se pronuncia de forma contundente sobre el caso Begoña Gómez: "Se pierde la imparcialidad"
El exministro de Justicia, Tomás de la Quadra-Salcedo, ha hecho algunos apuntes sobre la decisión del juez Peinado en el caso que afecta a la mujer del presidente.
Begoña Gómez será juzgada finalmente ante un tribunal con jurado popular. Por ahora, se desconoce cuál será la fecha exacta de su juicio, aunque se espera que se produzca en 2027, pues con todos los trámites que aún se encuentran pendientes sería prácticamente imposible llegar a este año.
Será, eso sí, uno de los juicios con mayor repercusión pública y mediática en años. De hecho, a pesar de que aún no ha sido juzgada, su caso ya está siendo uno de los que más se está analizando desde la prensa nacional, tanto por parte de los periodistas y profesionales de la información, como por parte de magistrados y exmagistrados.
Uno de los últimos que ha querido hablar sobre el asunto ha sido el exministro de Justicia y catedrático emérito Tomás de la Quadra-Salcedo, quien ha señalado a través de un artículo de opinión publicado en 'El País' algunos apuntes del auto del juez Peinado que, a su parecer, hacen que "se pierda la imparcialidad".
Para ello, el experto en Derecho Administrativo ha querido recordar las palabras del juez Peinado en sus autos de 114.26 y de 20.6.26 en relación con el delito de tráfico de influencias que le imputaba, donde llegó a comparar la situación con el reinado de Fernando VII.
"Lo determinante es que, por mucho que se busque en la jurisprudencia, no podrá hallarse un supuesto de similares características, pues las conductas que provienen de palacios presidenciales, como este supuesto, parecen más propias de regímenes absolutistas, por suerte ya olvidados en el tiempo en nuestro Estado, lo que obliga a tratar de analizar (quizás hubiera que remontarse al reinado de Fernando VII) este tipo desde la perspectiva de una interpretación teleológica y hermenéutica de los citados artículos 428 y 429 del Código Penal", sostenía el juez Peinado en su argumentación.
Critica la falta de "imparcialidad" en el auto de Peinado
Estas palabras, para el exmagistrado, "no expresan la opinión serena y objetiva de un juez imparcial que describe los hechos que está investigando, sino que son —en los términos estrictamente objetivos de su formulación— su antítesis: un "prejuicio" donde los hechos puros se sustituyen por calificativos, opiniones, valoraciones de conductas ajenas a su investigación".
"Los términos de la decisión del juez Peinado no se ajustan al deber de imparcialidad objetiva que también obliga al instructor, como veremos, y contaminan de nulidad lo actuado (...) Eso es lo que ocurre cuando se equipara al marido de la investigada con un déspota absolutista: se pierde objetivamente la imparcialidad", agrega Tomás, que destaca que "la parcialidad que los autos confiesan desvela, finalmente, la real naturaleza de lo que algunos han querido pasar por meras extravagancias de las que rebosa la instrucción".
Para el exmagistrado, la única vía que podía haber salvado la "credibilidad" y la "dignidad" de la justicia era haber "anulado toda la instrucción". "Solo anulando completamente toda la instrucción del juez se hubiera salvado la credibilidad y dignidad de la justicia que aquí está en juego junto con los derechos fundamentales de los inculpados. La Audiencia Provincial acaba de comprometerlas al seguir adelante sin detectar - desconociendo la doctrina del TS y del TEDH— la parcialidad objetiva del instructor que, por la nulidad absoluta que comporta, podrá y deberá declararla de oficio cuando la perciba, aunque solo sea para salvar el honor de la justicia", concluye.